T-201 de 2003
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Manuel Agustin Sanchez Vidarte Vs. Juzagdo Unico Promiscuo De Familia La Plata Huila Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incompetencia funcional
- No puede ser declarada por juez de tutela
- Obligación de abuelo
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. REVOCAR el fallo de única instancia proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Huila, el veinte (20) de septiembre de 2002, dentro del proceso de la referencia.
- SEGUNDO. NIEGUESE el amparo constitucional del derecho fundamental al debido proceso solicitado por Manuel Agustín Sánchez Vidarte.
- TERCERO. DESE cumplimiento a lo previsto por el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.