Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de junio de 2001Sala Plena

C-648 de 2001

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Marcela Patricia Jimenez Arango

Tema · dato duro
Principio De Recepcion De Notificacion En Proceso Penal. Conocimiento Real Del Contenido De Providencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso Publico Sin Dilaciones Injustificadas
  • Suspensión de proceso por causas justificadas
Derecho De Defensa Del Sindicado
  • Notificación personal en establecimiento de reclusión
  • Presunción de notificación personal en defensor por alteración permanente de salud mental
  • Presunción de notificación personal en defensor por alteración transitoria de salud mental
  • Razones de salud mental de carácter transitorio o permanente
  • Afectación por presunción de notificación personal en defensor por caso fortuito o fuerza mayor
  • Alcance
  • Desproporcionalidad por presunción de notificación personal en defensor por caso fortuito o fuerza mayor
  • Obligatoriedad de presencia en el proceso
  • Presunción de notificación personal en defensor por salud física
  • Presunción de notificación personal en defensor por salud mental
Derecho Penal
  • Significado de salud mental
  • Significado de trastorno mental
Derechos Fundamentales
  • Conflicto
  • No son absolutos
Notificacion En Proceso Penal
  • Imposibilidad en persona privada de la libertad por salud mental
  • Acto reglado
  • No mediación de formas procesales
Principio De Recepcion De Notificacion En Proceso Penal
  • Alcance
  • Conocimiento real del contenido de providencia
Proceso Penal
  • Presunción de notificación personal en establecimiento de reclusión por salud mental
  • Providencias que deben notificarse
  • Suspensión de procedimiento por causas justificadas
  • Formas de notificación
  • Notificación personal de privado de libertad en establecimiento de reclusión
  • Notificación supletiva por salud mental
  • Permisión de demoras justificadas
  • Suspensión de trámite en notificación por salud mental
  • Suspensión por hechos imprevistos e irresistibles
Debido Proceso Penal
  • Falta o indebida notificación de providencias
  • Notificación personal
  • Presunción de notificación personal de privado de libertad
Debido Proceso
  • Garantías
  • No es absoluto
  • Notificación personal
Derecho De Defensa En Proceso Penal
  • Presunción de notificación personal en defensor por caso fortuito o fuerza mayor
Derecho De Defensa
  • Límites
  • No es absoluto
Juicio De Proporcionalidad En Notificacion De Proceso Penal
  • Presunción en defensor de privado de libertad
Principio De Igualdad En Derecho De Defensa Del Sindicado
  • Presunción de notificación personal en defensor por caso fortuito o fuerza mayor
19 temas · 46 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 600 de 2000.

Art 184 (p).

Codigo de procedimiento penal.

Excepciones a la notificacion personal en el centro de reclusion.

Necesidad de integrar una proposicion juridica completa.

Exequible inexequible.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 184Ley 600/00INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE el inciso
  2. segundo. del articulo 184 de la Ley 600 de 2000.
  3. Segundo. Declarar INEXEQUIBLES los numerales
  4. segundo. y
  5. tercero. del articulo 184 de la Ley 600 de 2000.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.