Micelio
Sentencia de Constitucionalidad18 de febrero de 2003Sala Plena

C-124 de 2003

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Jaime Mejia Ossman

Tema · dato duro
Ley 734 De 2002. Arts. 43 Num. 9 44 Nums. 1 Y 2 48 Num. 1 50 Inc. 3 51 Incs. 1 Y 3 55 Parag. 1 61 Parag. Codigo Disciplinario Unico. Criterios Para Determinar La Gravedad O Levedad De La Falta. Realizacion Tipica. Clases De Sanciones. Destitucion Inhabili
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Investigador En Tipo Disciplinario
  • Campo amplio de determinación
Tipo Abierto En Falta Disciplinaria
  • Imposibilidad práctica de encuadrar detallada y exhaustivamente las posibles faltas del servidor público
Falta Disciplinaria De Servidor Publico
  • Imposibilidad práctica de encuadrar detallada y exhaustivamente las posibles faltas del servidor público
Norma Disciplinaria
  • Complemento normativo
Potestad Sancionadora Del Estado
  • Elementos comunes y específicos de modalidades
  • Modalidades
10 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 200/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 200/95ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 43Ley 734/02 «numeral 9»EXEQUIBLE
Art. 44Ley 734/02 «numeral 1 y 2»EXEQUIBLE
Art. 48Ley 734/02 «numeral 1»EXEQUIBLE
Art. 50Ley 734/02 «inciso 3»EXEQUIBLE
Art. 51Ley 734/02INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«inciso 3»
Art. 55Ley 734/02EXEQUIBLE
Art. 61Ley 734/02EXEQUIBLE
8 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-155 de 2002, que declaro la exequibilidad del Art. 14 de la Ley 200 de 1995, en relacion con los Arts. 55, paragrafo 1o, y 61, paragrafo, de la Ley 734 de 2002.
  4. Segundo. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C- 1076 de 2002, que declaro EXEQUIBLE el inciso 1o del Art. 51 de la Ley 734 de 2002, salvo la expresion "por escrito", que declaro INEXEQUIBLE, y que, tambien, declaro INEXEQUIBLE el inciso 3o del mismo articulo.
  5. Tercero. DECLARAR LA EXEQUIBILIDAD de los Arts. 43, Num. 9; 44, Nums. 1 y 2; 48, Num. 1, y 50, inciso 3o, de la Ley 734 de 2002, por el cargo aqui examinado.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.