Micelio
Sentencia de Constitucionalidad26 de octubre de 2004Sala Plena

C-1049 de 2004

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Jose Gregorio Hernández Galindo

Tema · dato duro
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho. Facultad De La Administración Para Demandar En Cualquier Tiempo Actos Administrativos Que Reconocen Prestaciones Periódicas No Vulnera Principios De La Buena Fe, Confianza Legitima Y Seguridad Jurídica
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Caducidad De La Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho
  • Finalidad de la excepción señalada para los actos que reconocen prestaciones periódicas
  • Legislador no desconoce el derecho de acceso a la administración de justicia cuando establece términos
  • Intemporalidad de la administración para demandar sus propios actos de reconocimiento de prestaciones periódicas no desconoce los deberes de protección del Estado
Principio De Confianza Legitima
  • Irradia a la actividad judicial
  • Línea jurisprudencial
  • Alcance
Revocatoria De Acto Administrativo Que Reconoce Prestacion Periodica
  • Necesidad del consentimiento del particular afectado salvo que se trate de la comisión de un delito
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho
  • Facultad de la administración para demandar en cualquier tiempo actos administrativos que reconocen prestaciones periódicas no vulnera principios de la buena fe, confianza legítima y seguridad jurídica
Principio De La Buena Fe
  • Alcance
  • No es absoluto
Cosa Juzgada Constitucional
  • Inexistencia por cargos distintos
9 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo contencioso administrativo art. 136 numeral 2.

Caducidad de las acciones.

Las de restablecimiento del derecho...

Los actos que reconozcan prestaciones periódicas podran demandarse en cualquier tiempo por la administración o por los interesados

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1/84. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 136Decreto 1/84 «numeral 2°»EXEQUIBLE
Art. 44Ley 446/98EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. Declarar EXEQUIBLE la expresión "en cualquier tiempo por la administración", del
  4. segundo. numeral del artículo 136 del C.C.A., por los cargos analizados en esta providencia.
  5. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.