Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de noviembre de 2003Sala Plena

C-1035 de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Vicente Amaya Mantilla

Tema · dato duro
Ley 788 De 2002. Art. 54 (P.). Expedicion Normas Tributarias Y Penales Del Orden Nacional Y Territorial. Cesion Iva De Licores. Liquidacion Iva Con Impuestos Descontables A Productores Oficiales Pagados En La Produccion De Bienes Gravados. Beneficios Y De
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomia Legislativa En Materia Economica Y Tributaria
  • Descuento del Iva para productores oficiales de licores
Beneficio Tributario A Licorera Oficial
  • Justificación oficial frente a licores cuya producción está monopolizada
Beneficio Tributario
  • Compensa diferencia de manejo de rentas de productores oficiales y privados
  • Aplicación de trato diferenciado bajo criterios razonables
Congreso
  • Límites de la autonomía legislativa
  • Potestad tributaria no es absoluta
Impuesto Al Valor Agregado
  • Diferencia de trato entre productores oficiales y privados de licor persigue una finalidad de interés público
  • Diferencia de trato no se funda en razones objetivas y razonables
  • Exequibilidad del descuento es contradictorio con los fines constitucionales
  • Régimen jurídico distinto según la empresa licorera
  • Descuento a productores oficiales reporta mayores utilidades
  • Descuento para productores oficiales de licor
  • Naturaleza jurídica de productores oficiales no justifica el descuento
  • No existe justificación legitima que explique el tratamiento favorable
Libertad De Configuracion Legislativa En Materia Impositiva
  • Competencia en política tributaria
  • Potestad para establecer obligados a pago y excluidos del mismo
Libertad Economica Del Estado
  • No puede conceder un tratamiento tributario diferente
Monopolio De Licores
  • Finalidad constitucional
  • No está en la producción sino en la renta
  • Función social establecida en la Constitución
  • Juicio de igualdad
  • Recae sobre la producción, introducción y venta de licores destilados
Licores Oficiales
  • Interés público
Materia Tributaria
  • Tratos diferenciales atentan contra la igualdad económica y la libre competencia
Productor De Licores
  • Oficiales o privados están en la misma situación de hecho
Renta De Productores Oficiales
  • Destinación específica
Trato Diferenciado En Materia Tributaria
  • Productores oficiales de licores y productores particulares de licores
Descuento Del Iva Pagado En Proceso De Produccion Por Licorera Oficial
  • Beneficio persigue idéntica finalidad social que el monopolio
  • Objetivo resulta constitucionalmente válido
Juicio De Igualdad
  • Estudio que comprende varios pasos
Libertad De Configuracion Legislativa
  • Condicionada por los principios, derechos y valores en materia tributaria
  • Establecimiento de sujetos pasivos de impuestos, tasas y contribuciones del orden nacional
Libre Competencia
  • Restricción por beneficio tributario en producción de licores es inconstitucional
Licoreras Oficiales
  • Destinación específica de sus rentas a servicios de salud y educación
  • Finalidad
Licoreras Oficiales Y Privadas
  • Diferencia desde la perspectiva de su régimen jurídico y de su finalidad social
Principio De Equidad Tributaria
  • Se desenvuelve como derecho a la igualdad dentro del campo fiscal
Principio De Equidad
  • Vulneración por trato excepcional no justificado
Principio De Representacion Del Tributo
  • Vulneración al ser aprobado sin el mínimo de deliberación pública en el Congreso de la República
Productor Oficial De Licores
  • No solo es agente económico dentro del mercado
Tributo
  • Articulación entre el derecho a la igualdad y los principios de equidad y generalidad
31 temas · 48 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 788/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E:
  3. Declarar EXEQUIBLE el inciso
  4. cuarto. del articulo 54 de la Ley 788 de 2002, en el entendido segun el cual el descuento previsto en el se aplica exclusivamente en el caso de licores cuya produccion este monopolizada y sean producidos directamente por las empresas departamentales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
SalvamentoManuel José Cepeda EspinosaSalvamentoRodrigo Escobar GilAclaraciónJaime Araujo RenteríaSalvamentoJaime Córdoba Triviño
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.