C-514 de 2019
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante John Alirio Pinzon Pinzon·Demandado Ley 1943 De 2018
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Doctrina, jurisprudencia, principios generales de derecho y equidad como criterios auxiliares
- Efectos
- Criterio de comparación o tertium comparationis
- Sometimiento al imperio de la ley
- Contenido
- Funciones según doctrina
- Contenido y alcance
- Compatibilidad con el derecho a la igualdad de trato ante autoridades
- Jurisprudencia constitucional
- Procedencia
- Jurisprudencia constitucional
- Consagración constitucional
- Incumplimiento del requisito de certeza en los cargos
- Trato desigual entre iguales o igual entre desiguales
- Contenido y alcance
- Tal como fue expedida por el Congreso es contraria a la Constitución
- Aplicación
- Aplicación en el derecho sancionatorio
- Garantía de los derechos sustanciales
- Intensidad leve
- Relación medio-fin
- Estructuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 4º y 113 (parciales) y 102 de la Ley 1943 de 2018, por la cual se expiden normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se dictan otras disposiciones.
El demandante considera que las disposiciones acusadas vulneran los artículos 2, 13, 29, 83, 95, 230 y 363 de la Constitución.
La Corte consideró que el registro como responsables del IVA para ciertos contribuyentes cuyas operaciones financieras superen determinado monto solo es constitucional, si dichas operaciones provienen de actividades gravadas con ese impuesto.
La aplicación del principio de favorabilidad para la reducción de sanciones moratorias no vulnera los principios de igualdad y equidad tributaria.
La Sala Plena reiteró el significado del concepto de ley al que alude el artículo 230 de la Carta Superior.
Se declara EXEQUIBLE la expresión “consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras” contenida en el numeral 6º del parágrafo 3º del artículo 4º de la Ley 1943 de 2018, que adicionó el artículo 437 del Estatuto Tributario, en el entendido de que dichas operaciones deben corresponder a ingresos provenientes de actividades gravadas con el Impuesto sobre las Ventas (IVA).
Se declara la EXEQUIBILIDAD DEL ARTÍCULO 102 de la Ley 1943 de 2018 y la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de la parte demandada del artículo 113 ibídem, en el entendido de que la palabra “ley” comprende todas las fuentes de derecho que admite el ordenamiento nacional, salvo la palabra “solo” que se declara INEXEQUIBLE
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1943/18. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "consignaciones bancarias, depositos o inversiones financieras" contenida en el numeral 6o del paragrafo 3o del articulo 4o de la Ley 1943 de 2018, que adiciono el articulo 437 del Estatuto Tributario, en el entendido de que dichas operaciones deben corresponder a ingresos provenientes de actividades gravadas con el Impuesto sobre las Ventas, IVA.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el articulo 102 de la Ley 1943 de 2018.
- TERCERO. Declarar la EXEQUIBILIDAD condicionada de la parte demanda del articulo 113 de la Ley 1943 de 2018, en el entendido de que la palabra "ley" comprende todas las fuentes del derecho que admite el ordenamiento nacional, salvo la palabra "solo" que se declara INEXEQUIBLE.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.