C-010 de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Jose Manuel Abachaibe Escobar·Demandado Acto Legislativo 05 De 2011
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No altera el régimen de recursos endógenos de las entidades territoriales, ni las prescripciones constitucionales que privilegian determinados gastos públicos
- Privilegia el reparto de los recursos del sistema general de regalías a favor de las entidades territoriales
- Contenido y alcance
- Sistema General de Regalías
- Derecho a establecer los tributos para el cumplimiento de sus funciones y a participar en las rentas nacionales
- Derecho a gestionar sus propios intereses y ejercer las competencias que les correspondan
- Derecho a gobernarse por autoridades propias
- Derecho a administrar sus recursos
- Concepto
- Jurisprudencia constitucional
- Prerrogativas
- No configura una sustitución de los principios estructurales de descentralización y autonomía territorial
- Jurisprudencia constitucional
- Distribución
- Reglas de distribución
- Definición
- Derecho de participación de las entidades territoriales
- Carecen de naturaleza tributaria
- Constituyen fuente exógena de financiación de las entidades territoriales
- Titularidad
- Amplio margen de configuración legislativa
- Diferenciación
- En el constitucionalismo colombiano tiene límites competenciales
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Criterios para determinar si una reforma ha sustituido la Constitución
- Núcleo esencial
- Incremento de la carga argumentativa
- No puede entenderse, en modo alguno, como asignación de propiedad de esos recursos a su favor, ni menos su integración a las rentas de dichos entes
- Se difiere en el Congreso, previa iniciativa gubernamental, la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, uso eficiente y destinación
- Integran el Sistema General de Regalías
- Metodología
- Límites competenciales
- Concepto
- Modalidades
- Pasos que debe realizar juez constitucional para determinarla
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el Acto Legislativo 05 de 2011, por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones.
El demandante sostiene que al aprobar el Acto Legislativo 05 de 2011, el Congreso excedió su competencia para reformar la Constitución, pues en realidad la sustituyó parcialmente y reemplazó elementos definitorios de la forma de Estado que el constituyente adoptó en 1991, en particular los principios de descentralización y autonomía de las entidades territoriales.
La Corte constató que el Congreso no excedió esos límites, sino que por el contrario, conservó y ratificó los componentes esenciales del núcleo de autonomía reconocido por el constituyente de 1991 a las entidades territoriales.
Se declara la EXEQUIBILIDAD del Acto Legislativo 05 de 2011, por los cargos analizados en la presente sentencia.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 05/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE el Acto Legislativo 5 de 2011, "por el cual se constituye el Sistema General de Regalias, se modifican los articulos 360 y 361 de la Constitucion Politica y se dictan otras disposiciones sobre el Regimen de regalias y Compensaciones", por los cargos analizados en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.