DecretoVigente
Decreto 684 de 2024
por el cual se reglamenta el Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación (SNGPDA), el Programa Hambre Cero, el Sistema Nacional de Seguimiento y Monitoreo para la Superación del Hambre y la Malnutrición (SNSMSHM) y el Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición ODAN y se transforma la Comisión intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN).
34artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Objeto2Ámbito De Aplicación3Principios4Enfoques5Objeto6Estructura7Denominación8Integración9Funciones10Sesiones Y Quorum11Secretaría Técnica12Articulación Territorial13Observatorio Del Derecho A La Alimentación Y Nutrición14Comité Técnico Del Observatorio Del Derecho Humano A La Alimentación15Secretaría Técnica16Objeto17Funciones18Coordinación Técnica Y Operación Del Sistema Nacional De Seguimiento Y Monitoreo Para La Superación Del Hambre Y La Malnutrición19Reporte De Información20Confidencialidad, Protección De Los Datos Y Uso De La Información21Objeto22Objetivos23Territorialización24Mesa Técnica Del Programa Hambre Cero25Integración De La Mesa Técnica Del Programa Hambre Cero26Líneas De Acción27Transferencia Hambre Cero28Acciones De Provisión Directa De Alimentos29Acciones Para El Fortalecimiento De Sistemas Productivos Locales30Acciones Para El Fortalecimiento De Sistemas De Abastecimiento Y Distribución De Alimentos A Nivel Local31Fortalecimiento De Las Comunidades Y Procesos Organizativos Locales32Articulación Con El Programa33Financiación34Vigencia Y Derogatorias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere los numerales 11 y 17 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 43 y 45 de la Ley 489 de 1998, los artículos 213, 215 y 216 de la Ley 2294 de 2023, y
- Luis Fernando VelascoEl Ministro del Interior
- Jhenifer Mojica FlórezLa Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural
- Guillermo Alfonso Jaramillo MartínezEl Ministro de Salud y Protección Social
- Germán Umaña MendozaEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo
- Aurora Vergara FigueroaLa Ministra de Educación Nacional
- María Susana MuhamadLa Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible
- Catalina Velasco CampuzanoLa Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio
- William Camargo TrianaEl Ministro de Transporte
- Juan David Correa UlloaEl Ministro de las Culturas, las Artes y los Saberes
- Francia Elena Márquez MinaLa Ministra de Igualdad y Equidad
- Laura Camila Sarabia TorresLa Directora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
- Alexander López MayaEl Director del Departamento Administrativo Nacional de Planeación
- Gustavo Bolívar MorenoEl Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
- César Augusto Manrique SoachaEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública