Micelio

Artículo 6

Estructura

Decreto 684 de 2024 · por el cual se reglamenta el Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación (SNGPDA), el Programa Hambre Cero, el Sistema Nacional de Seguimiento y Monitoreo para la Superación del Hambre y la Malnutrición (SNSMSHM) y el Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición ODAN y se transforma la Comisión intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Estructura. El Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación (SNGPDA), estará compuesto por las siguientes instancias

1.

La Comisión intersectorial del Derecho Humano a la Alimentación (CIDHA) de orden nacional de la que trata el presente decreto.

2.

Los Comités Departamentales, Municipales y Distritales de Alimentación o quien haga sus veces.

3.

El Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición. CAPÍTULO II COMISIÓN INTERSECTORIAL DEL DERECHO HUMANO A LA ALIMENTACIÓN -CIDHA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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