Comité técnico del observatorio del derecho humano a la alimentación. Créase el Comité Técnico del Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición ODAN que tendrá como propósito velar por el cumplimiento de los resultados y de los objetivos del Observatorio. El Comité Técnico estará conformado por
Un(a) delegado(a) del Ministerio de Igualdad y Equidad, quien lo coordinará.
Un(a) delegado(a) del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Un(a) delegado(a) del Ministerio de Salud y Protección Social.
Un(a) delegado(a) del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Un(a) delegado(a) del Departamento Nacional de Planeación.
Un(a) delegado(a) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Un(a) delegado(a) de la academia seleccionado(a) por Asociación Colombiana de Universidades (ASCUN).
Las entidades que conforman la Comisión intersectorial del Derecho Humano a la Alimentación deberán entregar la información necesaria para facilitar las labores de monitoreo y análisis del Derecho Humano a la Alimentación, a cargo del Observatorio.
El Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición ODAN podrá invitar a las sesiones técnicas a los funcionarios, representantes de las entidades, expertos, académicos, organizaciones de la sociedad civil y demás personas cuyo aporte estime pertinente y pueda ser de utilidad para los fines encomendados a este quienes tendrán voz pero no voto.