Sentencia de Tutela13 de septiembre de 2001
T-977 de 2001
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Jorge Hernando Gutierrez Galindo Vs. Iss Y Otros·Demandado Sin Información
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Y Dignidad Humana. Solicitud Reconocimiento De La Pension De Vejez Anticipada A Un Fondo Privado De Pensiones. Emision Del Bono Pensional. Error En La Liquidacion Y Entrega De Aportes. Tutela Contra Particulares. Universidad
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra Particulares
- Indefensión
- Procedencia excepcional
Derecho A La Seguridad Social De Persona De La Tercera Edad
- Aplicación inmediata
Derecho A La Seguridad Social
- Procedencia excepcional de tutela
Pension De Jubilacion
- Reliquidación con base en el salario realmente devengado por el trabajador
Sistema De Prima Media Con Prestacion Definida Y Sistema De Ahorro Individual Con Solidaridad
- Edades y mínimo de semanas para acceso a pensión
Bono Pensional
- Procedencia de tutela para reclamar la remisión
Derecho A La Vida Digna Del Pensionado
- Mesada pensional proporcional a ingreso salarial cotizado en el sistema de pensiones
Empleador
- Responsabilidad en aportes aunque no hubiere efectuado descuentos
Regimen De Prima Media Con Prestacion Definida Y Regimen De Ahorro Individual Con Solidaridad
- Regulaciones distintas de sistemas pensionales
Pension De Vejez Anticipada
- Improcedencia de tutela para ordenarla
- Procedencia
10 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Revocar las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá -Sala Civil- y el Juzgado Treinta y Dos Civil del Circuito de Bogotá, en la acción de tutela de la referencia, interpuesta por Jorge Hernando Gutiérrez Galindo contra el Instituto de Seguro Social, la Universidad Jorge Tadeo Lozano, Horizonte Pensiones y Cesantías S.A. y la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda.
- Segundo. Ordenar al Instituto de Seguro Social que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, proceda a liquidar, actualizar con base en el Indice de Precios al Consumidor que reporte el DANE para cada período e informar a la Universidad Jorge Tadeo Lozano el monto faltante de los aportes de Jorge Hernando Gutiérrez Galindo, correspondientes al salario realmente percibido por éste durante los meses de abril, mayo y junio de 1992, y dejados de consignar a favor del ISS por la Universidad Jorge Tadeo Lozano.
- Tercero. Ordenar a la Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la comunicación del monto adeudado al ISS por los aportes de Jorge Hernando Gutiérrez Galindo durante los meses de abril, mayo y junio de 1992, efectúe el pago o la consignación del correspondiente valor a favor el Instituto de Seguro Social y entere al Instituto de esta circunstancia.
- Cuarto. Ordenar al Instituto de Seguro Social y a la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público que, en lo de su competencia, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la realización del pago por parte de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, liquiden, expidan y emitan a la orden de quien corresponda el bono pensional de Jorge Hernando Gutiérrez Galindo, en consideración al salario percibido a 30 de junio de 1992 por su vinculación laboral con la Universidad Jorge Tadeo Lozano.
- Quinto. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a19
T-156/01Derechos A La Salud Vida Seguridad Social Y Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Prestaciones Sociales Y Pensiones. Relacion De Subordinacion E Indefension. Tutela Contra Particulares. Negada.T-671/00Derecho A La Pension De Vejez. Emision Del Bono Pensional. U.I.S. Concedida.SU.1354/00Derecho A La Seguridad Social Y Debido Proceso. Pension De Jubilacion De Exconsejero De Estado. Pension Compartida Iss Y Cajanal. ConcedidaC-389/00Sistema De Prima Media Con Prestacion Definida Y Sistema De Ahorro Individual Con Solidaridad. Traslado Y Operancia Del Bono PensionalT-865/99Der Igualdad. Der Al Trabajo Seguridad Social Debido Proceso Caxdac. Reliquidacion Pension. Tutela Contra Sentencia De La Sala Laboral Corte Suprema De Justicia. Via De Hecho. Concedida.T-482/99Solicitud De Cesantias Parciales De Servidores De La Rama Judicial. Indexacion. Concedida.
Ver las 19 →Citada por52
T-012/23Acción De Tutela Para Reconocimiento De Sustitución Pensional O Pensión De Sobrevivientes- Improcedencia Ante Necesidad De Un Debate Probatorio Amplio Que De Certeza Del Derecho Prestacional.T-600/17Accion De Tutela Contra Decisiones De La Supersociedades En Ejercicio De Funciones Jurisdiccionales. Improcedencia.T-377/16Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Pension De Invalidez.SU.695/15Derecho A La Igualdad En El Acceso Y En El Trato En La Administracion De Justicia. Debido ProcesoT-396/14Tutela de 2014T-103/14Tutela de 2014
Ver las 52 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.