T-971 de 2005
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Rodrigo Traslaviña Silva Vs. Colfondos S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Elemento de seguro
- Procedencia excepcional para reconocimiento y pago de pensión de sobrevivientes
- Reconocimiento y pago de pensión de sobrevivientes a cónyuge desplazado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al minimo vital y a la vida en condiciones dignas de cónyuge sobreviviente de afiliada fallecida en condicion de desplazado forzado por la negativa de la entidad al reconocimiento de la pension de sobrevivientes aduciendo el no cumplimiento de las semanas mínimas de cotización y la mora del empleador.
Solicita se ordene el reconocimiento y pago de la pension de sobrevivientes.
Procedencia excepcional de la accion de tutela para obtener el reconocimiento y pago de la pension de sobrevivientes y requisitos para la comprobación del perjuicio irremediable.
Elemento de seguro de la pension de sobrevivientes que garantiza la subsistencia de quienes dependian del salario del trabajador fallecido.
Efectos del pago de la prima de seguro por los aportes adicionales.
Inoponibilidad de los conflictos entre las entidades del sistema de seguridad social en salud respecto a la eficacia de los derechos prestacionales de los afiliados.
Si concurren los requisitos legales para acceder a la prestación los conflictos generados entre las entidades del sistema o entre estas y los empleadores responsables de retener y trasladar los aportes no pueden enervar la posibilidad de acceder a las mencionadas prestaciones.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Santa Marta el 7 de febrero de 2005 y por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de la misma ciudad el 31 de marzo de 2005, que negaron la protección de los derechos invocados por el actor. En su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales al mínimo vital y a la vida en condiciones dignas del ciudadano Rodrigo Traslaviña Silva y de la menor Mirna Edith Traslaviña Roa.
- SEGUNDO. En consecuencia, ORDENAR, al representante legal de la Compañía Colombiana Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías S.A. - Colfondos S.A. que en el término de diez (10) días, contados a partir de la notificación de esta sentencia, proceda a reconocer y pagar a favor del ciudadano Rodrigo Traslaviña Silva y su menor hija Mirna Edith Traslaviña Roa la pensión de sobrevivientes derivada del fallecimiento de la afiliada Rosa Roa.
- TERCERO. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR esta decisión al señor Defensor del Pueblo, con el fin que, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ejerza la vigilancia sobre el cumplimiento de lo ordenado en el numeral anterior.
- CUARTO. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.