Micelio
Sentencia de Tutela11 de agosto de 2004

T-762 de 2004

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Hayleen Del Carmen Albornoz Ferreira Vs. Red Salud

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Vida En Condiciones Dignas Y A La Integridad Personal De Menor Por Continuar Suministro De Medicamento Formulado Por Medico Tratante Para Crecimiento. Solicita Continuidad En El Suministro De Medicamento Formulado. Suspension De Droga D
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Consentimiento Informado Del Paciente
  • Debe ir precedido de una información adecuada
Derecho A La Salud Del Menor
  • Escogencia del tratamiento médico
  • Presentación de un diagnóstico incompleto puede vulnerar derechos
  • Suspensión de tratamiento con hormona de crecimiento
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REANUDAR los terminos del proceso suspendidos mediante auto dictado el 16 de febrero de 2004.
  2. Segundo. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y Uno Penal del Circuito de Bogota, que confirmo la denegacion de la tutela, en la accion instaurada por Hayleen del Carmen Albornoz Ferreira, Defensora del Pueblo - Regional Bogota, contra Red Salud Promocion y Prevencion - IPS S.A.
  3. Tercero. ADVERTIR a Red Salud Promocion y Prevencion - IPS que
  4. en el futuro debe garantizar un consentimiento informado de sus pacientes o allegados, mediante el suministro de una informacion oportuna, general, clara y suficiente sobre el estado de salud y los tratamientos o procedimientos aplicables.
  5. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.