T-753 de 2006
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Fernando Rodriguez Y Otros Vs. Secretaria De Transito Y Transporte De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia en caso de accionantes que no se les han matriculado vehículos nuevos
- Improcedencia por existir acción ante Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Reiteración de jurisprudencia en cuanto a que es mecanismo subsidiario
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso al trabajo al minimo vital y a la igualdad de prestadores del servicio publico de transporte colectivo de bogota por la negativa de la entidad a matricular en el registro distrital automotor los vehiculos nuevos de transporte colectivo por ellos adquiridos en reposicion de los vehiculos viejos chatarrizados aduciendo que la capacidad transportadora de las empresas a las que pertenecen se encuentra copada.
Solicitan se ordene la matricula de los vehiculos nuevos por reposicion en cada una de las empresas a las que se encuentran afiliados.
El carácter subsidiario de la accion de tutela y su improcedencia ante el no ejercicio de los mecanismos de defensa judicial.
La tutela no es un medio alternativo ni menos adicional o complementario para alcanzar el fin propuesto.
Improcedencia de la presente accion de tutela.
En el presente caso los accionantes acudieron directamente a la accion de tutela cuando podian ventilar su inconformidad ante la jurisdiccion contencioso administrativa mediante las acciones de simple nulidad nulidad y restablecimiento del derecho e incluso de reparacion directa sin estiman que las actuaciones de la secretaria de transito les ha causado un perjuicio patrimonial.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Veintiuno Civil del Circuito de Bogota el dia 09 de marzo de 2006 en el proceso de la referencia, la cual revoco la decision de primera instancia, y en su lugar denego por improcedente la accion interpuesta por los senores Fernando Rodriguez, Nelson Pardo Ruiz, Sul Mery Gaitan Sandoval, Jhon Pena, Pedro Alejandro Avendano Castellanos, Jaime Enrique Huerfano, Marlene Rincon G., William Henry Picon, Adriana Maritza Uruena Betancourt, Rafael Antonio Medina Vargas, Luis Eduardo Alonso Salazar, Ezequiel Hernandez, Jose Maria Padilla, Gonzalo Martinez, Alexander Gonzalez, Ediut Alexander Gonzalez, Luz Mery Caicedo Cortes, Miguel Antonio Pinilla Barreno, Jose Orlando Fandino C., Elsa Santamaria Galeano, Reinaldo Ayala Chavarro, Jorge Ignacio Rivera Suarez, Guillermo Alvarez Quevedo, Luis Alfredo Vega Martinez, Pacifico Javier Ayala Cardenas, Fredy Ancizar Giraldo Herrera, Sandra Carmenza Galindo, Margarita Puentes de Diaz, Ermencio Roa, Jose Jairo Mora Borda, Florentino Jimenez Caro y Carlos Pinzon contra la Secretaria de Transito y Transporte de Bogota.
- Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.