Providencias que cita
T-730/16 invoca estas providencias en su argumentación. · 34 en total.
Volver a la ficha de T-730/16Derecho A La Consulta Previa. Fundamentos. Normatividad.
Ley Que Tipifica Los Actos De Racismo O Discriminacion En El Codigo Penal. Por Su Carácter General Y No Contener Disposiciones Que Afecten De Manera Directa Y Específica A Las Comunidades Étnicas No Requería Consulta Previa
Reforma Del Sistema General De Seguridad Social En Salud. Contiene Medidas Generales Aplicables Uniformemente A Todos Los Colombianos Y No Afecta Directamente Los Intereses De Las Comunidades Étnicas
Control De La Explotacion Ilegal De Minerales Contenida En Ley Del Plan Nacional De Desarrollo. No Realización De Consulta Previa A Las Comunidades Étnicas
Reforma Constitucional Introducida Al Artículo 49 De La Constitucion Politica. No Requería La Realización De Consulta Previa A Las Comunidades Indígenas
Reforma Al Codigo De Minas. Inexequible Por Exigencia De La Realización De Una Consulta Previa A Las Comunidades Indígenas Y Afrodescendientes
Inconstitucionalidad De Acto Legislativo 01 De 2009. Circunscripcion Especial De Minorias Etnicas
Afiliacion Al Sistema De Seguridad Social En Salud De La Poblacion Indigena Desplazada. Reconocimiento Desde El Momento De Inscripción En El Registro Único De Desplazados
Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos. Incumplimiento Respecto De Las Normas Que Integran El Estatuto De Desarrollo Rural
En El Marco Del Seguimiento Al Cumplimiento De La Sentencia T-025 De 2004, Y La Pretendida Superación Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Misma, Y Con Posterioridad A La Ejecución De La Sesión Pública De Información Técnica Realizada El 21 De Septiembre De 2007 Ante La Sala Segunda Revisión, En El Presente Auto Se Lleva A Cabo Un Estudio Constitutivo Del Balance Actual De La Protección De Los Derechos Fundamentales De Las Personas Y Los Pueblos Indígenas Desplazados Por El Conflicto Armado O En Risesgo De Desplazamiento Forzado.
Determinacion De Proyectos O Programas Incluidos En Ley De Plan Nacional De Desarrollo Que Deben Someterse A Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos. Responsabilidad Del Gobierno Nacional
Inexequibilidad Por Omision Del Deber De Consulta Y No Por Contenido Material De La Ley. Configuración Por Vulneración Del Derecho Fundamental De Consulta Previa A Los Pueblos Indígenas Y Tribales