Micelio
Sentencia de Tutela7 de septiembre de 2007

T-705 de 2007

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Leinei Quintero Sanchez Y Otros Vs. Agencia Presidencial Para La Accion Social Y La Cooperacion Internacional -Accion Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Habeas Data
  • Publicación de fotografías de la población desplazada requiere consentimiento de la persona
  • Oponibilidad de la información reservada
Derecho De Acceso A Documentos Publicos
  • Alcance y contenido
  • Precedente jurisprudencial
  • Límites
  • Requisitos de la reserva
Registro Unico De Poblacion Desplazada
  • Condiciones para determinar si existe reserva constitucional
  • Información no se encuentra reservada por ley
  • Información se encuentra reservada por la Constitución
4 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al habeas data y acceso a documentos publicos de personas desplazadas a quienes la entidad se niega a expedirles certificacion que acredite su condicion de desplazados aduciendo el caracter confidencial de la informacion en tanto las personas estan requiriendo dicha certificacion para su vinculacion a una asociacion de desplazados.solicitan se ordene a la entidad la entrega de la certificacion correspondiente.contenido y alcance del derecho fundamental de acceso a los documentos publicos.

El limite al derecho de acceso a los documentos publicos:el caracter reservado de la informacion conforme a la constitucion y la ley.

Requisitos para que la reserva de la informacion sea constitucionalmente admisible.

El derecho fundamental al habeas data y la oponibilidad de la informacion reservada.

Excepciones a la regla de la reserva de informacion y su oponibilidad frente a terceras personas.

El caracter reservado del registro unico de poblacion desplazada y la proteccion constituciona a esta informacion.hecho superado y concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR, las decisiones adoptadas en los expedientes T-1613624, T-1613625 T-1613626, T-1613627 fallos proferidos separadamente por el Juzgado
  2. Tercero. de Familia de Valledupar, Cesar, que nego la tutela de los derechos fundamentales invocados por los accionantes Leinei Quintero Sanchez, Jaime Enrique Martinez Palmera, Dignora Velasquez Quintero y Denis Esther Brochero Miranda y, en su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales al habeas data y acceso a los documentos publicos de los accionantes.
  3. Segundo. ORDENAR, a la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional - Accion Social -, Territorial Cesar, que, si no lo ha hecho aun, dentro del termino perentorio de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion del presente fallo, expida las certificaciones solicitadas por las accionantes Leinei Quintero Sanchez y Denis Esther Brochero Miranda de acuerdo con las consideraciones expresadas en la presente sentencia.
  4. Tercero. DECLARAR, dentro de los expedientes T-1613625 T-1613626 la carencia actual de objeto ante la presencia de un hecho superado, de acuerdo con las consideraciones expuestas.
  5. Cuarto. PREVENIR, a la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional - Accion Social -, Territorial Cesar, para que se abstenga de realizar publicaciones con las fotografias de la poblacion desplazada sin su previa autorizacion.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.