T-334 de 2007
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Aroldo Jose Arias Y Otros Vs. Accion Social Territorial Del Cesar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ausencia de reserva legal de los datos allí consignados frente al titular del derecho
- Confidencialidad de la información
- Definición de acuerdo con el artículo 1 de la Ley 387 de 1997
- Deberes del Estado
- Emergencia social y problema de humanidad
- Afiliación
- Facultad del titular de la información de darle a ésta el uso que desee sin limitaciones, siempre y cuando sea veraz
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la libre asociacion de personas desplazadas por la violencia a quienes la entidad se nego a certificarles la condicion de desplazados para la conformacion de una asociacion que se esta formando en el cesar aduciendo la confidencialidad de la informacion.solicitan se ordene la expedicion de las certificaciones solicitadas.la proteccion de los derechos fundamentales de la poblacion desplazada.
El derecho de informacion.
El derecho de asociacion y los fondos positivo y negativo.
Es procedente acceder a la solicitud de los accionantes con el fin de ampararles el derecho a la informacion y a la libertad de asociacion.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR las siguientes sentencias, que declararon improcedente el amparo solicitado, preferidas por el Juzgado 2deg Laboral del Circuito de Valledupar, dentro de las acciones de tutela instauradas por separado contra Accion Social Territorial- Cesar: proferidas el 31 de julio de 2006, en las acciones de tutela de Rosaura Barbosa (expediente T-1508780), Mario Hoyos Abril (expediente T-1509579), Jose Arnulfo Mejia Rivera (expediente T-1509580); proferidas el 9 de agosto de 2006, en las acciones de tutela de Aroldo Jose Arias (expediente T-1508777), Aneth Paola Daza Lopez (expediente T-1508778), Carmen Ines Romero Arias (expediente T-1508781), Noel Enrique Martinez Onate (expediente T- 1511852); proferida el 14 de agosto de 2006, en la accion de tutela de Maritza Paez Acosta (expediente T-1509582); proferida el 16 de agosto de 2006, en la accion de tutela de Belkis Martinez Herrera (expediente T-1511853); proferidas el 18 de agosto de 2006, en las acciones de tutela de Zunilda Rodriguez Torres (expediente T-1508779), Luis Alberto Moreno Mejia (expediente T-1509581); proferida el 29 de agosto de 2006, en la accion de tutela de Maria Elena Montero Benavides (expediente T-1511850); proferidas el 4 de septiembre de 2006, en las acciones de tutela de Deisy del Carmen de Arco Guerra (expediente T-1511851) y Guillermo Pabon Pinzon (expediente T-1511849).
- Segundo. ORDENAR a la entidad demandada que en el termino de 48 horas contadas a partir de la notificacion de este fallo, si no lo hubiere hecho, proceda a expedir el certificado que los acredita como desplazados, en la medida en que asi aparezcan inscritos. En la documentacion que se expida, podra anotarse el ambito de validez, circunscrito a la constitucion de la asociacion de desplazados del Departamento del Cesar, de acuerdo con el proposito que han manifestado los accionantes.
- Tercero. , LIBRESE por secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.