Micelio
Sentencia de Tutela23 de agosto de 2007

T-659 de 2007

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Jose Antonio Barrios Y Otro Vs. Alcaldia Del Carmen De Apicala

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Y Accion Popular
  • Criterio para diferenciarlas no es la pluralidad de sujetos
  • Procedencia cuando está de por medio de modo concreto y cierto un derecho fundamental
Acción De Tutela
  • Casos de procedencia por afectación de derechos e intereses colectivos
  • Improcedencia por no demostración de afectación derechos fundamentales
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la libre locomocion al trabajo a la produccion y comercializacion de alimentos agricolas a gozar de una infraestructura fisica adecuada al acceso a la educacion de sus hijos y a la proteccion de la integridad del espacio publico de habitantes de la localidad que por agrietamientos en la via se les impide el transito vehicular y peatonal por lo que se han visto perjudicados.solicitan se ordene al alcalde municipal de carmen de apicala la proyeccion adecuacion y ejecucion de obras que permitan el arreglo del hueco o hundimiento sobre la via que conduce del casco urbano a las veredas peñon blanco y novillos.improcedencia de la accion de tutela para proteger derechos colectivos.

Puntos de encuentro y distanciamiento entre los derechos fundamentales y los colectivos.

En el presente caso no se probo la afectacion de los derechos fundamentales cuya proteccion pretenden los demandantes por lo que la accion de tutela resulta improcedente.negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del 14 de marzo de 2007, proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Carmen de Apicalá, en el proceso de la referencia, en cuanto negó el amparo solicitado.
  2. SEGUNDO. REVOCAR el numeral
  3. segundo. de la sentencia del 14 de marzo de 2007, proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Carmen de Apicalá, en cuanto exhortó a la Alcaldía de esa localidad a iniciar las obras de recuperación, reparación y adecuación de la vía que de dicho municipio conduce a las veredas de Peñón Blancos y Novillos.
  4. TERCERO. Por la Secretaría, líbrese las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.