Providencias que la citan
Estas providencias invocan a T-627/04 en su argumentación. · 30 en total.
Volver a la ficha de T-627/04Solicitud De Cumplimiento De La Sentencia T-1327/05, Habiéndose Interpuesto De Manera Oportuna El Inciente De Desacato Ante El Juez 23 Penal Del Circuito Contra Industrias Colibri S.A. Competencia De La Corte Constitucional Para Ordenar El Cumplimieto De Los Fallos Que La Misma Corporacion Emite En Sede De Tutela, Y En La Que El Liquidador De La Empresa Aduce Que La Acreencia Cuyo Pago De Ordena Se Pagara Como Lo Establece La Ley 222 De 1995. No Resulta Atendible La Oposicion Del Liquidador Toda Vez Que Supone El Desconocimiento Flagrante De Principios Tan Caros Para Nuestro Ordenamiento Como La Supremacía De La Constitucion Y La Prevalencia De Los Derechos Fundamentales Y El Desconocimiento De Los Fallos De Tutela. Concedida
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-778/05. Jurisprudencia Sobre Nulidad De Las Sentencias De La Corte. Cuestiones Previas Al Analisis De Nulidad De La Sentencia T-778/05. Procedibilidad De Las Solicitudes De Nulidad. Alcance Del Deber De Notificacion En Sede De Tutela. Los Solicitantes De La Nulidad No Invocan Su Condición De Partes, Intervinientes O Destinatarios De La Orden Impartida En La Sentencia T-778 De 2005 Para Exigir Que Dicha Sentencia Sea Invalidada Por No Haber Sido Notificados Para Que Pudieran Defenderse En El Proceso De Tutela. Los Solicitantes De La Nulidad No Intervinieron En El Mismo Ni Pidieron Ser Constituidos Como Parte En El Proceso De Tutela. Un Cargo De Nulidad Debe Ofrecer Parámetros De Análisis Y Demostrar, Mediante Una Carga Argumentativa Suficiente, El Desconocimiento Del Debido Proceso, Lo Que No Se Cumple En El Referido Cargo. Las Pruebas Decretadas Por La Corte Constitucional En Este Caso Atendieron A Los Criterios Establecidos Por La Jurisprudencia De La Corte Constitucional No Solo De Manera General, Respetando Los Principios Relativos Al Régimen Probatorio En La Acción De Tutela. No Les Asiste Razón A Los Solicitantes Cuando Aducen Que La Tutela Efectuó Un Pronunciamiento Sobre El Artículo 27 Del Decreto 1421 De 1993. Negada