T-948 de 2005
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Fabio Rojas Loaiza Vs. Industrias Colibrí S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Subordinación
- Procedencia excepcional pago de salarios por afectación del mínimo vital
- Prevalencia del pago de salarios
- Asunción de responsabilidad por mora en aportes a seguridad social
- Traslado de aportes a seguridad social
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al trabajo al debido proceso la seguridad social al salario y al minimo vital de trabajador de empresa reestructurada con fundamento en la ley 550 de 1999 por el no pago oportuno de sus salarios y por no trasladar oportunamente el valor de los aportes a las entidades del sistema de seguridad social desconociendo la prevalencia de los creditos relacionados con acreencias laborales.
Solicita se ordene a la empresa proceder al pago de los salarios y la consignacion de las cotizaciones en salud y pensiones.
Procedencia de la tutela contra particulares respecto de los cuales existe subordinacion.
Procedencia excepcional de la accion de tutela para obtener el pago de salarios por violación del minimo vital.
El derecho al pago oportuno.
El deber del empleador de trasladar los aportes de la seguridad social.
Responsabilidad por la omisión en el pago.
Prevalencia del pago de salarios por empresas sometidas a acuerdos de reestructuracion.
La carencia de recursos presupuestales las dificultades financieras o la insolvencia económica del empleador no es razón suficiente para dejar de pagar los salarios de los trabajadores por cuanto éstos se ven afectados en su mínimo vital.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el veintiseis (26) de mayo de 2005, por el Juzgado
- Octavo. Penal Municipal de Medellin, que denego la tutela en la accion promovida por el senor Fabio de Jesus Rojas Loaiza, contra la empresa Industrias Colibri S.A., y en su lugar TUTELAR los derechos fundamentales invocados por el actor.
- Segundo. ORDENAR a la empresa Industrias Colibri S.A., que dentro de los cinco (5) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, si aun no lo hubiere hecho, pague los salarios adeudados al accionante y los aportes y cotizaciones que se adeuden por concepto de seguridad social en salud y pensiones, al fondo administrador de pensiones y a la entidad promotora de salud a los cuales se encuentra afiliado el trabajador Fabio de Jesus Rojas Loaiza.
- Asi mismo ORDENAR a la empresa demandada, que en adelante efectue los citados pagos en forma oportuna.
- Tercero. COMPULSAR copias del presente expediente y de esta decision con destino a la Fiscalia General de la Nacion, para que, si hubiere lugar a ello, investigue la conducta punible en la que pudo haber incurrido el representante legal de la empresa accionada, en especial la contemplada en el articulo 7o de la Ley 828 de 2003.
- Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.