Micelio
Sentencia de Tutela15 de diciembre de 2005

T-1327 de 2005

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Norberto De Jesús Castañeda Martinez Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Seguridad Social
  • Mora del empleador en pago de aportes
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de salarios atrasados
Acuerdos De Reestructuracion Empresarial
  • Prevalencia del pago de salarios
Empresa Sometida A Un Acuerdo De Reestructuracion Empresarial
  • No pago de salarios ni traslado de aportes a seguridad social
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al minimo vital y al trabajo de trabajadores de industrias colibrí s.a.

Que firmo acuerdo de reestructuracion con fundamento en la ley 550 de 1999 y que ha incumplido las obligaciones por concepto de acreencias laborales nacidas con posterioridad a la firma del acuerdo al igual que el pago de aportes a la seguridad social.

Procedencia de la accion de tutela cuando el demandado es un particular.

Viabilidad constitucional y legal.

Procedencia de la accion de tutela como mecanismo para obtener el pago de salarios atrasados: Criterios para su excepcional aplicación.

La seguridad social y el incumplimiento por parte del empleador en el pago de los aportes.

El pago de salario por empresas sometidas a acuerdos de reestructuracion: Un credito prevalente.

La corte llama la atencion al comité de vigilancia establecido en el acuerdo de reestructuracion para que vigile y haga respetar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. ORDENAR al liquidador de la empresa Industrias Colibri S.A., Jorge Alberto Osorio Maya, que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, de estricto cumplimiento a la orden dictada por esta Corporacion en la sentencia T-1327 de 2005.
  2. En consecuencia, debera proceder en el termino arriba senalado a cancelar los aportes y cotizaciones que se le adeuden a los senores Norberto de Jesus Castaneda Martinez, Adriana Isabel Velasquez Valderrama, John Fredy Atehortua Hincapie, Robinson de Jesus Urrego Londono, Jose Aristobulo Giraldo Rodriguez y Leyve Helena Marin Giraldo, por concepto de seguridad social en salud y pensiones, al fondo administrador de pensiones y a la entidad promotora de salud a las cuales se encuentren afiliados.
  3. SEGUNDO. ORDENAR al liquidador de la empresa Industrias Colibri S.A., Jorge Alberto Osorio Maya, que, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la notificacion de esta providencia, informe a esta Sala de revision el efectivo cumplimiento de esta providencia.
  4. TERCERO. Por la Secretaria General de esta Corporacion, NOTIFIQUESE y ENVIESE copia del presente Auto a la empresa Industrias Colibri S.A. y a los ciudadanos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por6
T-344/14Tutela de 2014T-232/08Tutela de 2008C-399/07Profesor Hora Catedra De Establecimiento Educativo Privado. Término De Duración Contrato De TrabajoA. 120/07Solicitud De Modificacion Del Auto 079 De 2007 Mediante El Cual Se Ordeno Al Representante Legal De La Entidad Demandada Dar Fiel Cumplimiento A La Sentencia T-1327 De 2005. La Solictud Esta Encaminda A La Ampliacion Del Ternmino Concedido Para Dar Cumplimietno A La Sentencia. Esta Corporación Ha Señalado Que La Verificación De La Ejecución De Las Órdenes Judiciales Corresponde Prima Facie Al Juez De Primera Instancia, Competencia Que No Se Altera Por La Providencia Del Fallo Cuyo Cumplimiento Se Persigue. No Siendo Competencia De Esta Corporacion La Decision De Prorroga Del Termino Para Dar Cumplimiento Al Auto 079 De 2007 Se Ordenara Su Remision A Los Despachos De Primera Instancia. Remítase A Los Despachos De Primera Instancia El Escrito PresentadoA. 079/07Solicitud De Cumplimiento De La Sentencia T-1327/05, Habiéndose Interpuesto De Manera Oportuna El Inciente De Desacato Ante El Juez 23 Penal Del Circuito Contra Industrias Colibri S.A. Competencia De La Corte Constitucional Para Ordenar El Cumplimieto De Los Fallos Que La Misma Corporacion Emite En Sede De Tutela, Y En La Que El Liquidador De La Empresa Aduce Que La Acreencia Cuyo Pago De Ordena Se Pagara Como Lo Establece La Ley 222 De 1995. No Resulta Atendible La Oposicion Del Liquidador Toda Vez Que Supone El Desconocimiento Flagrante De Principios Tan Caros Para Nuestro Ordenamiento Como La Supremacía De La Constitucion Y La Prevalencia De Los Derechos Fundamentales Y El Desconocimiento De Los Fallos De Tutela. ConcedidaA. 362/06Solicitud De Cumplimiento De La Sentencia T-653/06 Que Concedio La Tutela Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso De La Ciudadana Cristina Vergara. Para La Sala Es Claro Que La Entidad Demandada Incurrio En Incumplimiento De La Sentencia Por Lo Que Procedera A Ordenar Dicho Cumplimiento. Concedida

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.