Micelio
Sentencia de Tutela30 de junio de 2006

T-502 de 2006

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Claudia Salcedo Garcia En Representacion De Su Hijo Vs. Famisanar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Amenaza cierta y contundente
  • Improcedencia frente a hechos futuros e inciertos por no existir violación de derechos fundamentales ciertos y reales
  • Improcedencia sobre hechos futuros e inciertos
Derecho A La Salud Del Menor
  • Suministro de vacunas por EPS
Plan Obligatorio De Salud
  • Caso en que no se cumplen requisitos para inaplicar exclusiones y limitaciones
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud la vida en condiciones dignas y la integridad fisica de menor hijo de afiliado a quien la entidad se niega a autorizar la dosis de la vacuna contra el neumococo por encontrarse excluida del pos.

Solicita se ordene autorizar la aplicacion de la dosis de la vacuna requerida.

El derecho a la salud y la vida en condiciones dignas.

Exclusiones y limitaciones en la cobertura del plan obligatorio de salud.

Los derechos a la salud y a la seguridad social contenidos en la constitución política tienen la categoría de derechos prestacionales o de segunda generación cuyo desarrollo programático no permite por regla general que las personas reclamen del estado una pretensión subjetiva.

Improcedencia de la acción de tutela frente a hechos futuros e inciertos.

Por no existir violación de derechos fundamentales ciertos y reales.

La acción de tutela es un mecanismo judicial de carácter excepcional breve y sumario que permite la protección constitucional de derecho fundamentales cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública o de un particular y cuando no se disponga para el efecto de otros medios de defensa judicial siempre que se origine en hechos ciertos y reconocidos de cuya ocurrencia se puede inferir la violación o vulneración de derechos fundamentales.

La sala de revision encuentra que la presente accion de tutela no es viable.

La acción de tutela no es un mecanismo para prevenir situaciones inciertas y futuras.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Séptimo. Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá del 16 de enero de 2006, por el cual se negó la presente acción de tutela.
  3. Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.