T-502 de 2006
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Claudia Salcedo Garcia En Representacion De Su Hijo Vs. Famisanar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Amenaza cierta y contundente
- Improcedencia frente a hechos futuros e inciertos por no existir violación de derechos fundamentales ciertos y reales
- Improcedencia sobre hechos futuros e inciertos
- Suministro de vacunas por EPS
- Caso en que no se cumplen requisitos para inaplicar exclusiones y limitaciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud la vida en condiciones dignas y la integridad fisica de menor hijo de afiliado a quien la entidad se niega a autorizar la dosis de la vacuna contra el neumococo por encontrarse excluida del pos.
Solicita se ordene autorizar la aplicacion de la dosis de la vacuna requerida.
El derecho a la salud y la vida en condiciones dignas.
Exclusiones y limitaciones en la cobertura del plan obligatorio de salud.
Los derechos a la salud y a la seguridad social contenidos en la constitución política tienen la categoría de derechos prestacionales o de segunda generación cuyo desarrollo programático no permite por regla general que las personas reclamen del estado una pretensión subjetiva.
Improcedencia de la acción de tutela frente a hechos futuros e inciertos.
Por no existir violación de derechos fundamentales ciertos y reales.
La acción de tutela es un mecanismo judicial de carácter excepcional breve y sumario que permite la protección constitucional de derecho fundamentales cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública o de un particular y cuando no se disponga para el efecto de otros medios de defensa judicial siempre que se origine en hechos ciertos y reconocidos de cuya ocurrencia se puede inferir la violación o vulneración de derechos fundamentales.
La sala de revision encuentra que la presente accion de tutela no es viable.
La acción de tutela no es un mecanismo para prevenir situaciones inciertas y futuras.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Séptimo. Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá del 16 de enero de 2006, por el cual se negó la presente acción de tutela.
- Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.