T-499 de 2007
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Myriam Delfina Garcia Baquero En Representacion De Su Esposo Vs. Sanitas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Examen médico que se encuentra excluido del POS
- Caso límite en el que existe alguna capacidad pero no es claro si resulta suficiente para pagar examen médico
- Adopción de la decisión que mejor se compadece con la garantía de los derechos fundamentales en juego
- Razones que no impiden que se aplique este principio teniendo en cuenta el tiempo transcurrido entre la intervención quirúrgica y el examen ordenado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud de afiliado de la tercera edad que padece una grave enfermedad del corazon y a quien su medico tratante le formulo un procedimiento de ecocardiograma stress con dubotamina que la entidad se niega a realizar aduciendo que se encuentra excluido del pos.solicita se ordene autorizar el procedimiento formulado.el derecho al diagnostico hace parte del derecho a la salud.
El derecho de una persona de la tercera edad a que se le practique un examen diagnostico requerido para continuar con un tratamiento iniciado con anterioridad hace parte del derecho a la salud que es fundamental.
Accion de repeticion contra fosyga.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. Revocar la sentencia proferida por el Juzgado
- Quinto. Penal Municipal de Villavicencio y en su lugar Conceder la tutela del derecho fundamental a la salud de Moisés Baquero Novoa.
- Segundo. Ordenar a Sanitas EPS que si aún no lo ha hecho, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a parir de la notificación de la presente sentencia, practique a Moisés Baquero Novoa el examen de ecocardiograma stress con dubotamina ordenado por el médico tratante
- Tercero. Reconocer que Sanitas EPS tiene derecho a repetir contra el Estado, a través del FOSYGA, para recuperar todos los gastos en los que incurra y que legalmente no le corresponda asumir, de acuerdo con la parte motiva de esta providencia. El FOSYGA dispondrá de quince (15) días para reconocer lo debido o indicar la fecha máxima en la cual lo hará, fecha que no podrá exceder de seis (6) meses una vez presentada la solicitud para el pago por la EPS
- Cuarto. Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el Juzgado
- Quinto. Penal Municipal de Villavicencio notificará esta sentencia dentro del término de cinco días después de haber recibido la comunicación, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
- Quinto. Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.