Micelio
Sentencia de Tutela12 de junio de 2003

T-495 de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Luz Mazo Bedoya Vs. Ministerio De Defensa

Tema · dato duro
Derechos A La Salud Vida Minimo Vital Y Seguridad Social De Disminuido Fisico. Solicitud Asistencia Medica Por Lesion Sufrida Durante La Prestacion Del Servicio Y Pension De Invalidez De Agente De La Policia Nacional. Realizacion Junta Medico Laboral. Est
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Y Seguridad Social
  • Fundamental por conexidad con la vida
Derecho A La Salud
  • Protección de persona al servicio de la Policía que sufrió accidente con ocasión del servicio
Tribunal Medico Laboral De Revision Militar
  • Orden de realizar nueva valoración médica
Derecho A La Igualdad
  • Protección de personas en circunstancias de debilidad manifiesta
Derecho A La Pensión De Invalidez
  • Fundamental por conexidad con el mínimo vital
  • Protección a personas discapacitadas
  • Evaluaciones médicas periódicas
8 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Tribunal Superior de Medellín, Sala Laboral que negó la tutela impetrada por la señora Luz Alicia Mazo Bedoya a nombre de su esposo JOSE OTONIEL LEON GALLO de fecha 21 de noviembre de 2002. En su lugar, CONCEDER la tutela en favor del señor José Otoniel León Gallo respecto a los derechos a la salud, a la vida, al mínimo vital y a la seguridad social, por las razones aquí expuestas.
  2. SEGUNDO. ORDENAR que en el término de treinta (30) días, contados a partir de la notificación de esta decisión, tome las medidas necesarias para que dentro de sus competencias legales, se realice por la Junta Médico Laboral del Ministerio de Defensa Nacional, Policía Nacional, Dirección de Sanidad, Area de Medicina Laboral, una nueva evaluación que además de los factores médicos necesarios tome en consideración el dictamen de siquiatría de fecha 1º de octubre de 2002. Asimismo, se le brindará por parte del Ministerio de Defensa al señor León Gallo, si es que no la esta recibiendo, la protección adecuada mediante la asistencia médica, quirúrgica, hospitalaria y farmacéutica a que tiene derecho como consecuencia de la lesión sufrida durante la prestación del servicio.
  3. TERCERO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
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La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.