Micelio
Sentencia de Tutela21 de junio de 2011

T-489 de 2011

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Edwin Alexander Figueroa·Demandado Ejercito Nacional

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Servicio Militar Y Exenciones Legales
  • Causal referente a los casados que hagan vida marital
Servicio Militar
  • Obligatoriedad y eximentes fijados por la Constitución y la Ley con respecto a su prestación
  • Protege la unión marital de hecho
Derecho De Peticion
  • Elementos fácticos que deben demostrarse
Derechos Del Menor
  • Orden al Ejército Nacional para exonerar al accionante del servicio militar por ser padre cabeza de familia
Personero Municipal
  • Legitimación para interponer tutela
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, igualdad, mínimo vital.

El demandante se presentó ante el Batallón de Artillería de Bogotá, con el objeto de definir su situación militar.

En dicha oportunidad, adjuntó los documentos que acreditaban que se encontraba incurso en una causal de exoneración para prestar el servicio militar obligatorio, toda vez que tenía una unión marital de hecho y su compañera se encontraba embarazada.

Además argumentó y acreditó, ser la única fuente de subsistencia para su núcleo familiar.

Pese a su particular situación, fue incorporado a las filas del Ejército y no se emitió pronunciamiento alguno frente a la solicitud de desacuartelamiento que hiciera su compañera, a través de un derecho de petición.

La Sala no se pronunció sobre la posible vulneración del derecho fundamental de petición, por no acreditarse ni siquiera sumariamente, que la solicitud se hubiese presentado.

Frente a la exención al deber de prestar el servicio militar, se precisó que el accionante es beneficiario de tal privilegio y en consecuencia resolvió conceder el amparo de los derechos invocados y ordenar al accionado, proceder al desacuartelamiento del mismo y expedir la libreta militar, teniendo en consideración la normativa que regula la cuota de compensación militar, en atención a las condiciones particulares del demandante.

CONCEDIDA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, la Sentencia proferida el veinticuatro (24) de noviembre de dos mil diez (2010), por la Sala Civil y Familia del Tribunal Superior de Tunja, la cual denego la tutela incoada por el Personero Municipal de Paipa, Boyaca, en representacion de Edwin Alexander Figueroa en contra del Ejercito Nacional, Direccion de Reclutamiento del Batallon de Infanteria No. 1 "General Simon Bolivar" y, en su lugar, CONCEDER el amparo a los derechos fundamentales del senor Edwin Alexander Figueroa y de su menor hijo.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Ejercito Nacional, Direccion de Reclutamiento del Batallon de Infanteria No. 1 "General Simon Bolivar" que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, proceda al desacuartelamiento del soldado Edwin Alexander Figueroa y a la expedicion de su libreta militar, teniendo en consideracion la normativa que regula la cuota de compensacion militar, en atencion a las condiciones particulares del accionante.
  3. CUARTO. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.