Micelio
Sentencia de Tutela25 de junio de 2012

T-477 de 2012

Ponente Adriana María Guillén Arango

Demandante Luis Evelis Andrade Casama, Representante De La Onic·Demandado Superintendencia De Industria Y Comercio

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Y Suspension Provisional De Acto Administrativo
  • Juez de tutela hace una valoración más amplia de circunstancias de hecho
Consulta Previa
  • Obligatoriedad
Derecho De Marcas
  • Caso en el que se prohíbe la explotación de símbolos distintivos de la identidad cultural de las comunidades indígenas por parte de terceros ajenos a esa colectividad
Identidad Cultural
  • Perspectivas de protección para las comunidades étnicas
Registro Marcario
  • Existencia de acción contencioso administrativa para controvertirlo
Derecho A La Identidad Cultural
  • Necesidad de protección del conocimiento tradicional indígena
Identidad Cultural De Las Comunidades Indigenas
  • Orden a la Superintendencia de Industria y Comercio para que suspenda acto administrativo que permite comercialización de productos a base de coca, por considerar que atenta contra el conocimiento tradiciona
Derecho A La Identidad Cultural Indigena
  • Protección constitucional especial
Acción De Tutela
  • Procedencia por no existir otro medio de defensa eficaz e idóneo
12 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El accionante, representante de la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC-, demanda en acción de tutela a la Superintendencia de Industria y Comercio por la presunta vulneración de los derechos fundamentales a la consulta previa libre e informada, a la propiedad colectiva, a la participación en la vida social y económica de la nación, a la identidad e integridad étnica y cultural, a la autonomía de los pueblos indígenas, a la protección de la riqueza cultural de la nación, al debido proceso y al ambiente sano de los pueblos indígenas de Colombia, en tanto expidió actos administrativos para otorgar el registro de dos marcas a un particular, con el objeto de comercializar productos a base de hoja de coca y permitir su uso con alusión a la cultura indígena.

La Sala de Revisión, luego de analizar temática relacionada con la procedencia de la acción de tutela, el carácter fundamental del derecho a la identidad cultural de las comunidades indígenas, la necesidad de protección del conocimiento tradicional indígena como manifestación del derecho a la identidad cultural y los postulados generales acerca del derecho de marcas, decide AMPARAR el derecho a la identidad cultural de las comunidades indígenas <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Revocar la sentencia proferida el 22 de noviembre de 2011 proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota que resolvio declarar improcedente la accion de tutela de la referencia, y en su lugar amparar el derecho a la identidad cultural de la comunidades indigenas.
  2. Segundo. Suspender la Resolucion n.deg 28751 del 30 de mayo de 2011 proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio, por medio de la cual se concede el registro de la marca mixta "Coca Indigena" a Hector Alfonso Bernal Sanchez, hasta tanto la Jurisdiccion de lo Contencioso Administrativo resuelva la demanda de nulidad y restablecimiento de derecho presentada contra este acto administrativo.
  3. Tercero. Requerir a la Superintendecia de Industria y Comercio a fin de que en el marco de sus competencias, ejecute las acciones tendientes a evitar que en un registro marcario se usen los conocimientos tradicionales indigenas, manifestados por ejemplo en su simbologia, mitos, vestimentas, cantos, en la comercializacion de productos relacionados con la hoja de coca por personas ajenas a dicho colectivo social, conforme con el numeral 13.5.1 de esta providencia; y para que al desarrollar sus competencias tengan presente que no solo estan sujetas a la normatividad de la Comunidad Andina en los aspectos relacionados con el regimen de propiedad intelectual, sino que tambien estan sujetas a las principios constitucionales y a los tratados internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad y que consideran el derecho a la identidad cultural de caracter fundamental para las comunidades indigenas.
  4. Cuarto. Ordenar a Hector Alfonso Bernal Sanchez que pasado el termino de cuarenta y ocho (48) horas contado a partir de la notificacion de esta providencia se abstenga de explotar el conocimiento tradicional indigena manifestado por ejemplo en su simbologia, mitos, tradiciones, vestimentas, cantos, alrededor de la hoja de coca, asi como el uso de marcas relacionadas con productos a base de hoja de coca bajo la abstraccion "indigena".
  5. Quinto. Comunicar esta decision al Consejo de Estado para los efectos pertinentes relacionados con el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho n.deg 11001032400020110038300, que cursa en esa jurisdiccion.
  6. Sexto. Dar por secretaria cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.