Providencias que la citan
Estas providencias invocan a T-467/95 en su argumentación. · 67 en total.
Volver a la ficha de T-467/95Reanudación De La Indagación Penal Por Surgimiento De Nuevos Elementos Probatorios.
Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Derecho Fundamental De Peticion
Competencia Del Representante De Entidades Gremiales Para Expedir Certificacion De Deuda De Contribuciones Parafiscales Agropecuarias O Pesqueras
Comparendo E Infraccion De Transito. Notificación Por Correo No Vulnera El Debido Proceso Ni La Igualdad
El Juzgado Penal Del Circuito De Lorica Cordoba Concedio El Amparo A Los Derechos De Peticion Y La Igualdad De Excongresista, Ordenando El Reconocimiento Y Pago Retroactivo De La Pension De Vejez. La Corte Ha Insistido En Que La Informalidad Y La Celeridad Que Gobiernan El Tramite De La Tutela No Implican El Desconocimiento De Las Garantias De Los Sujetos A Quienes Afecta La Accion. En El Presente Caso La Representante De Fonprecon Advierte No Se Efectuo La Notificacion De La Providencia Que Admitio La Accion. La Notificacion De Una Providencia Via Fax Se Acepta, Pero No Implica Per Se La Ejecucion Efectiva De La Notificacion Que Debe Ser Verificada. La Jurisprudencia Ha Reconocido Que El Vinculo Efectivo De La Parte Pasiva Dentro Del Amparo Constituye Aval Para Que Las Ordenes Que Se Profieran Por El Juez Constitucional Sean Acatadas Legitima, Efectiva Y Diligentemente. Se Censura La Competencia Territorial, Para Lo Cual Debe Existir Certeza O Claridad Acerca Del Domicilio Aplicable Al Actor. La Falta De Competencia Constituye Una Irregularidad Con La Suficiente Gravedad Para Anular El Tramite De La Accion De Tutela. Se Anula La Providencia Por Indebida Notificacion De La Parte Pasiva Y Se Delara La Nulidad De Todo Lo Actuado En El Proceso A Partir De Auto Del 11 De Diciembre De 2006. Devuélvase El Expediente Al Juzgado Penal Del Circuito De Lorica Para Que Determine Si Es Competente
Derecho A La Vida, La Dignidad Humana, La Salud, La Seguridad Social, El Trabajo Y Al Pago Oportuno De Las Mensadas Pensionales De Pensionada De La Fundacion San Juan De Dios A Quien La Entidad Le Adeuda Las Mesadas Desde El Mes De Mayo De 2005. Solicita Se Ordene El Pago De Las Mesadas Adeudadas. Debido Proceso En El Tramite De La Accion De Tutela. Se Declara La Nulidad De Lo Actuado Y Se Ordena La Remision Del Expediente Al Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Segunda Subseccion C Para El Tramite Del Proceso
Derecho A La Igualdad, Al Debido Proceso, Al Trabajo Y Al Acceso A Cargos Y Funciones Publicas De Aspirante Al Cargo De Magistrado En El Tribunal Superior De Ibague Que Ocupo El Segundo Lugar En Concurso De Meritos Convocado Para Proveer El Cargo, Pero La Autoridad Judicial Demandada Designo En La Vacante A Quien Aparece En El Decimo Lugar En La Lista. Se Declara La Nulidad De Lo Actuado Y Se Ordena La Remision Del Expediente Al Consejo Seccional De La Judicatura De Cundinamarca