Micelio
Sentencia de Tutela14 de abril de 2000

T-439 de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

✓Demandante Hector Javier Alarcon Granobles

✓
Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. A Trabajo Igual Salario Igual. Dignidad Humana Como Parametro Basico Del Salario De Abogado Asistente De C.S.J. Tutela Transitoria. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Dignidad Del Trabajador
  • Igualdad frente al trabajo
  • No permisión ejercicio de funciones para las que fue contratado
  • Trato no discriminatorio
Perjuicio Irremediable
  • Determinación
  • Puede ser moral por afectar condiciones humanas y dignas
  • No pago de bonificación a abogado asistente
Remuneracion Minima Vital Y Movil
  • No debe limitarse protección a retribución mínima del trabajo
Retrospectividad
  • Normas favorables al trabajador
Principio De Favorabilidad Laboral
  • Autonomía judicial es relativa
6 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 8 de noviembre de 1999 por el Juzgado 4o Laboral de Santafe de Bogota y en su lugar CONCEDER la tutela como mecanismo transitorio en el sentido de ORDENAR que a partir del presente mes de abril del 2000 y en adelante se incluya dentro de la retribucion mensual del doctor Hector Javier Alarcon la suma correspondiente a la bonificacion por compensacion; con la condicion de que dentro del termino de cuatro meses a partir del presente fallo el peticionario inicie la correspondiente accion contencioso-administrativa, si es que aun no lo ha hecho.
  2. Segundo. Por Secretaria librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.