T-436 de 2018
Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Demandante Lilian Patricia Gomez Sanchez·Demandado Tribunal Superior De Bogota, Sala Laboral
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por incumplir requisito de subsidiariedad en proceso laboral
- Improcedencia para revivir términos y etapas procesales en donde se dejaron de emplear los recursos previstos en el ordenamiento jurídico
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Inminencia, urgencia, gravedad e impostergabilidad de la tutela, deben encontrarse efectivamente comprobadas
- Aplicación implica una limitación a la acción de tutela como derecho fundamental y como garantía de los derechos vulnerados
- Aplicación incurre en modificación indebida del precedente constitucional con respecto al principio de subsidiariedad
- Requisitos de aplicación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se cuestionan decisiones judiciales que en el trámite de un proceso ordinario laboral iniciado por el actor, decidieron denegar la pretensión tener a la UAESP como responsable solidario en el pago de la condena impuesta a la empresa empleadora.
Se aduce que dichos fallos incurrieron en desconocimiento del precedente jurisprudencial y en los defectos fáctico y sustantivo.
Se declara la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela formulada.
La Sala reitera que el amparo constitucional no puede utilizarse como un mecanismo para pretermitir los recursos judiciales que son idóneos y eficaces para resolver una controversia jurídica, ni para revivir términos y etapas procesales en donde se dejaron de emplear los recursos previstos en el ordenamiento jurídico.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. LEVANTAR la suspension de terminos en el proceso de la referencia, dispuesta mediante el auto del 5 de septiembre de 2018.
- Segundo. REVOCAR la sentencia del 30 de abril de 2018, en la que la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia nego el amparo solicitado. En su lugar, DECLARAR improcedente la accion de tutela de la referencia, segun lo expuesto en la parte motiva de la presente decision.
- Tercero. ORDENAR que, por medio de la Secretaria General, se devuelva al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito Judicial de Bogota, el expediente del proceso ordinario laboral cuyo numero de radicado es 2014-261, el cual fue remitido a esta Corte en calidad de prestamo.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRAR las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli dispuestos.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.