Micelio
Sentencia de Tutela28 de mayo de 2007

T-429 de 2007

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Miguel Angel Rosado Vs. Secretaria De Salud Departamental De La Guajira

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Hecho superado por haber sido practicada valoración oftamológica
  • Aunque se configure hecho superado se mantiene competencia para pronunciarse sobre decisiones y argumentos de instancia
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud la seguridad social y la vida de persona dedicada a labores del campo que requirio un examen de valoracion oftalmologica pero le fue manifestado que no tienen contrato y/o prersupuesto.solicita se ordene la valoracion que necesita.hecho superado por haberle sido practicada la valoracion oftalmologica deprecada por el actor.

Llamado a prevencion.carencia actual de objeto

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 2 Civil del Circuito de Riohacha, proferida el 7 de diciembre de 2006, en la que se negó el amparo solicitado.
  2. Segundo. Declarar la carencia actual de objeto por existir un hecho superado.
  3. Tercero. PREVENIR a la Secretaría de Salud Departamental de la Guajira para que en adelante se abstenga de incurrir en la conducta que dio origen a esta tutela en orden a garantizar la prestación oportuna y eficiente del servicio de salud.
  4. Cuarto. Por secretaría General de esta Corporación líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  5. CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ
  6. Magistrada Ponente
  7. JAIME ARAÚJO RENTERÍA
  8. Magistrado
  9. AUSENTE EN COMISION
  10. MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA
  11. Magistrado
  12. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.