Micelio
Sentencia de Tutela18 de mayo de 2001

T-524 de 2001

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Florentino Monroy Guerrero Vs. Comcaja A.R.S.

Tema · dato duro
Derecho A La Vida Salud Gualdad Y Dignidad. Las A.R.S Tienen Un Deber De Informacion Y Apoyo Para Con Sus Afiliados En La Prestacion De Los Servicios Requeridos. Especial Condicion De Persona De La Tercera Edad. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Administradora Del Regimen Subsidiado
  • Información al afiliado sobre posibilidad de atención en servicio no incluido en POS
Derecho A La Dignidad Humana
  • Vulneración por no realizar cirugía excluida del POS a persona de la tercera edad
Derecho A La Salud
  • Fundamental por conexidad con la vida
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 17 noviembre de 2000 por el Juzgado Promiscuo Municipal de Paez, Boyaca, y en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la vida, a la salud, a la igualdad y a la dignidad del senor Florentino Monroy Guerrero.
  2. Segundo. DECLARAR que el senor Florentino Monroy Guerrero tiene derecho a que se le practique, a la menor brevedad posible y bajo el apremio de los terminos legales, la intervencion quirurgica ordenada por su medico tratante. Dicha obligacion recae sobre la entidad publica o privada que tenga contrato de prestacion de servicios con el Estado para el efecto, ante la cual se presente Florentino Monroy Guerra a solicitar ser atendido.
  3. Tercero. ORDENAR a Comcaja A.R.S., Boyaca, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta sentencia, informe claramente al demandante quien puede operarlo, cuando y en que condiciones. Adicionalmente, ordenar a Comcaja A.R.S., de Boyaca, que disponga de todo lo pertinente junto con la entidad medica que finalmente vaya a practicar el examen requerido por la accionante. Estas actuaciones deberan adelantarse sin dilaciones ni omisiones injustificadas, siempre con la plena observancia y acatamiento de los requisitos normativos y procedimientos establecidos, y teniendo como finalidad ultima la prestacion del servicio medico solicitado, a la mayor brevedad posible.
  4. Cuarto. ORDENAR a la Secretaria de Salud Publica de Tunja para que en el mismo termino establecido en el anterior numeral, informe al senor Florentino Monroy Guerrero, cuales son las entidades publicas o privadas de la ciudad de Tunja que tienen contrato con el Estado y que esten en capacidad de practicarle el examen medico requerido.
  5. Quinto. ORDENAR a Comcaja A.R.S., Boyaca, y a la Secretaria de Salud de Tunja, entregar un informe quincenal a partir del momento de la notificacion y hasta que se le preste el servicio medico requerido, al Juez Promiscuo Municipal de Paez, quien debera encargarse de velar por el cabal cumplimiento de las ordenes impuestas y garantizar asi el goce efectivo de los derechos constitucionales invocados por el accionante.
  6. Sexto. LIBRESE, por Secretaria, la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.