Micelio
Sentencia de Tutela11 de septiembre de 2018

T-372 de 2018

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Jhon Fredy Medina Galvis·Demandado Direccion De Personal Del Ejercito Nacional

Tema · dato duro
Derecho A La Reubicacon De Soldados Profesionales Con Disminucion De La Capacidad Laboral.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor aduce que el Ejército Nacional vulneró sus derechos fundamentales al retirarlo del servicio activo luego de haber perdido la capacidad psicofísica en un porcentaje del 29% y ser calificado como no apto para el servicio militar sin recomendación de reubicación, sin tener en consideración que dicha disminución fue producto de un accidente acaecido en cumplimiento de sus funciones como soldado profesional y que puede realizar actividades de oficina en la entidad, por cuanto realizó un curso de archivo en el SENA.

Se reitera jurisprudencia relacionada con: 1º.

Los derechos a la integración social, a la integración y a la reubicación de las personas en condición de discapacidad y, 2º.

El derecho a la reubicación laboral de los soldados profesionales cuando son retirados del servicio activo por disminución de la capacidad laboral inferior al 50% sin recomendación de reubicación.

Se CONCEDE el amparo y se ordena a la entidad reincorporar al actor en uno de sus programas y reubicarlo en un cargo que pueda desempeñar de conformidad con sus habilidades, destrezas y formación académica.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la decision del 13 de febrero de 2018, proferida por el Juzgado Cuarenta y Uno Administrativo Oral de Bogota, que declaro improcedente la accion de tutela instaurada por Jhon Fredy Medina Galvis contra la Direccion de Personal del Ejercito Nacional. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al minimo vital y movil, igualdad, seguridad social, integracion social, trabajo y estabilidad laboral reforzada de Jhon Fredy Medina Galvis.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la Orden Administrativa de Personal No. 2480 del 24 de noviembre de 2017, proferida por el Comando de Personal del Ejercito Nacional, unicamente en lo atinente al retiro del servicio por disminucion de la capacidad sicofisica del senor Jhon Fredy Medina Galvis.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Direccion de Personal del Ejercito Nacional que dentro de las cuarenta (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia reincorpore al soldado profesional Jhon Fredy Medina Galvis en uno de sus programas y lo reubique en un cargo que pueda desempenar de conformidad con sus habilidades, destrezas y formacion academica. Ademas, tendra que pagarle los salarios y prestaciones sociales dejadas de percibir, desde el momento en que fue retirado del servicio hasta su reintegro efectivo.
  4. CUARTO. LIBRAR las comunicaciones a traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional y DISPONER las notificaciones a las partes, a traves del juez de tutela de instancia, previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoCarlos Libardo Bernal Pulido
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.