Micelio
Sentencia de Tutela17 de junio de 2015

T-367 de 2015

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Manuela Miranda Payares·Demandado Alcaldia Mayor De Cartagena De Indias Y Otra

Tema · dato duro
Decisiones Administrativas Adoptadas En Ejercicio De La Funcion De Policia Con Alcances Jurisdiccionales. Improcedencia De La Accion De Tutela Por Incumplimiento De Requisito De Subsidiariedad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Actuaciones De Autoridades De Policia En El Curso De Un Proceso Policivo
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no acreditar perjuicio irremediable
Poder De Policia
  • Aspectos constitucionales
  • Marco legal
  • Naturaleza
Autoridad De Policia
  • Función jurisdiccional
Accion Policiva
  • Prevista en el Decreto 1355 de 1970
Debido Proceso Policivo
  • Se debió declarar la procedencia, por cuanto accionante se encontraba en una situación de indefensión frente a Urbanizadora
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
7 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se pretende con la acción de tutela que se deje sin efectos toda la actuación adelantada por las entidades accionadas dentro del proceso policivo de perturbación a la posesión que éstas conocieron, en razón a la querella instaurada por la Urbanizadora del Caribe en contra de personas indeterminadas, en el cual la accionante se hizo parte como querellada.

La vulneración de derechos se atribuye al hecho de que el amparo policivo se ordenó sobre los inmuebles urbanos identificados por el querellante, los cuales no correspondían con los lotes determinados en el informe pericial y en la inspección ocular realizada en el referido proceso.

Se reitera jurisprudencia relacionada con el tema de las decisiones administrativas adoptadas en ejercicio de la función de policía con alcances jurisdiccionales y, los criterios generales y específicos de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales, resaltando específicamente el requisito de subsidiariedad.

Luego de corroborar que no se cumplen con los requisitos de procedibilidad establecidos por el principio de subsidiariedad de la acción de tutela, la Corte declara IMPROCEDENTE la solicitud de amparo formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada en el presente proceso, mediante auto del 3 de marzo de 2014.
  2. SEGUNDO. LEVANTAR la medida cautelar, decretada mediante auto del 3 de marzo de 2014.
  3. En aras de las expectativas generadas con la decision del caso concreto, esta orden tendra efectividad al mes de notificada la presente providencia, a fin de que la accionante Manuela Miranda Payares pueda promover -si aun no lo ha hecho- las medidas policivas y judiciales del caso que considere procedentes.
  4. TERCERO. REVOCAR la sentencia del 22 de julio de 2013 dictada por el Juzgado
  5. Septimo. Civil del Circuito de Cartagena, que revoco el fallo de amparo dictado el 21 de mayo de 2013, por el Juzgado
  6. Noveno. Civil Municipal de Cartagena y, en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la accion de tutela incoada por Manuela Miranda Payares contra la Secretaria del Interior y Convivencia Ciudadana de la Alcaldia Mayor de Cartagena y la Inspeccion de Policia de la Unidad Comunera de Gobierno #13 de la misma ciudad, por las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia
  7. CUARTO. COMPULSAR copia de esta decision al Grupo Procesos Disciplinarios Primera Instancia de la Policia Nacional, con destino a la indagacion preliminar P-INSGE-2014-41878.
  8. QUINTO. COMPULSAR copia de esta decision a la Procuraduria General de la Nacion -Procuraduria Delegada para la Policia Nacional-, con destino a la indagacion preliminar IUS 2014-27441879.
  9. SEXTO. COMPULSAR copia de esta decision con destino a la Oficina de Asignaciones de la Direccion Seccional de Fiscalias de Bogota para que, si asi lo considera, inicie las investigaciones a que haya lugar, segun los hechos de la presente accion de tutela.
  10. SEPTIMO. ADVERTIR a las partes que se encuentran en libertad para acudir al juez competente para dirimir su controversia legal.
  11. OCTAVO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  12. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJorge Iván Palacio Palacio
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.