Micelio
Sentencia de Tutela22 de mayo de 2015

T-320 de 2015

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Adalberto Mercado Morales·Demandado Departamento Del Atlantico

Tema · dato duro
Improcedencia De La Acción De Tutela Contra Actos Administrativos Que Reajustan Pensiones Superiores A 25 Salarios Mínimos Mensuales Vigentes En Cumplimiento De La Sentencia C-258/13
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Solicitar El Reajuste De Mesadas Pensionales
  • Procedencia excepcional
  • Improcedencia por cuanto la mesada pensional, a pesar del reajuste realizado, se fija en un valor que excede ampliamente el monto que la mayoría de los colombianos reciben como pensión
  • Improcedencia por cuanto Gobernación redujo mesada pensional dando cumplimiento a la Sentencia C-258 de 2013
Tope De Los 25 Smmlv Para Pensiones A Cargo Del Estado
  • Precedente jurisprudencial contenido en la Sentencia C-258 de 2013
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a la decisión adoptada por el Departamento del Atlántico, en cuanto a ajustar de manera arbitraria la mesada de jubilación que recibía el accionante, argumentando el cumplimiento de lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia C-258/13, pero sin adelantar el correspondiente trámite administrativo.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

La procedencia de la acción de tutela para solicitar el reajuste de mesadas pensionales. 2º.

El contenido y alcance de la sentencia C-258/13 y, el debido proceso en las actuaciones administrativas.

Para la Corte no hay lugar al amparo solicitado y decide confirmar la decisión de instancia que negó la tutela y, en consecuencia, deja en firme el acto administrativo atacado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo de tutela proferido, en segunda instancia, por la Sala de Decision del Tribunal Superior de Barranquilla que, a su vez, revoco el dictado, en primera instancia, por el Juzgado Unico Penal del Circuito Especializado de Barranquilla y, en consecuencia, dejar en firme la Resolucion No. 00138 del 26 de junio del 2013 proferida por el Departamento del Atlantico.
  2. SEGUNDO. DENEGAR el amparo de los derechos fundamentales deprecados por el actor en su escrito de tutela.
  3. TERCERO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.