T-293 de 2009
Ponente Clara Elena Reales Gutiérrez
✓Demandante Oscar Rico Calderon·Demandado Alcaldia Mayor De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance
- Importancia por la administración de establecer y respetar turnos y prioridades
- Protección internacional
- No se configura cuando existen condiciones fácticas totalmente distintas
- Contenido
- Núcleo esencial
- Alcaldía Mayor de Bogotá deberá adelantar los trámites para trasladar a la ciudad de Bogotá al padre docente de niño con problemas mentales
- Desarrollo del principio del interés superior del menor
- Deber de preservar la unidad familiar
- Requisitos para que se configure
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos prevalentes del menor cuyo amparo se invoca a favor del hijo del actor, niño con una grave enfermedad mental, toda vez que el ente demandado se ha negado a autorizar su traslado a la ciudad en la cual este reside, argumentando la inexistencia de una amenaza seria a la vida del menor. <br>la sala encontro que, a pesar de que la peticion del tutelante fue contestada de manera oportuna, ello no acaecio de forma satisfactoria, pues los contenidos de la respuesta no fueron compatibles con la constitucion politica, en especial, con los derechos de los niños y las niñas.
Lo anterior, en atencion al dictamen de expertos que sostienen que la cercania entre el padre y el hijo impulsa la mejoria de su salud mental. <br>por tanto, se ordeno a la entidad demandada adelantar los tramites necesarios para trasladar al actor a la ciudad de bogota. <br>concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOQUESE el fallo del Juzgado 45 Penal Municipal con funcion de control de garantias, emitido el 24 de julio de 2008.
- Segundo. REVOQUESE el fallo del Juez 4to. Penal del Circuito de Bogota, proferido el 4 de septiembre de 2008.
- Tercero. ORDENESE a la Alcaldia Mayor de Bogota que dentro de las 48 horas siguientes a la comunicacion de la presente sentencia, adelante los tramites administrativos que sean necesarios para trasladar al accionante Oscar Rico Calderon como docente a la ciudad de Bogota, en un cargo similar al desempenado en Puerto Nare, de tal forma que dicho traslado se produzca en el termino maximo de dos meses. El mantenimiento de la plaza de trabajo en Bogota, estara condicionado a que Oscar Rico Calderon acredite periodicamente ante la Secretaria de Educacion de la Alcaldia Mayor de Bogota, la continuidad del tratamiento psiquiatrico de su hijo Julian Andres, el acompanamiento continuo y permanente del padre y la adopcion de medidas concretas para asegurar el cuidado y proteccion que requiere el menor, para lo cual el accionante debera permitir el seguimiento periodico de una trabajadora social que designe Bienestar Social de la Alcaldia Mayor de Bogota.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.