Micelio
Sentencia de Tutela3 de marzo de 2000

T-236 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante David Leon Alfonso

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida. Periodos Minimos De Cotizacion Para Acceder A Tratamientos Por Enfermedades De Alto Costo. Cancer De Prostata. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud De Persona De La Tercera Edad
  • No se pueden oponer periodos mínimos de cotización ante situaciones de urgencia
Agencia Oficiosa En Tutela
  • Hijo en representación de padre enfermo
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo de Familia de Barrancabermeja, al resolver sobre la acción de tutela incoada por David León Alfonso, en representación de su padre Leopoldo Eugenio León Polo, contra el Seguro Social y, en su lugar, conceder la protección solicitada.
  3. Segundo. ORDENAR al Director del Seguro Social que, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación del presente fallo, inicie las sesiones de radioterapia ordenadas a Leopoldo Eugenio León Polo y le practique los demás procedimientos que le ordene el médico para el tratamiento del cáncer de próstata que padece, sin perjuicio de repetir por lo que falta en la cotización mínima al Fondo de Solidaridad y Garantías FOSYGA.
  4. Tercero. El incumplimiento de lo aquí dispuesto se sancionará en la forma prevista en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Cuarto. Por Secretaría LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.