Micelio
Sentencia de Tutela6 de octubre de 1998

T-557 de 1998

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Saul Bernal Sanchez

Tema · dato duro
Der. A La Salud. Responsabilidad Del Patrono Por La Efectiva Cobertura De Seguridad Social En Salud A Trabajadores Y Sus Beneficiarios. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Enfermedades Catastroficas O Ruinosas
  • Señalamiento corresponde al Gobierno y no a la EPS
  • Ley señala porcentaje de costos cuando no se ha completado periodo mínimo de cotización
Derecho A La Seguridad Social En Salud
  • Responsabilidad del empleador por la efectiva cobertura para trabajadores y beneficiarios
Derecho A La Salud
  • Atención a beneficiarios
Sistema De Seguridad Social En Salud
  • Afiliación es al sistema y no a la EPS
  • Asunción de responsabilidad por empleador al no entregar aportes descontados
  • Carácter excepcional y limitado de sujeción de servicios médicos de alto costo a periodos mínimos de cotización
  • Competencia para señalar enfermedades de alto costo que pueden someterse a periodos mínimos de cotización
  • Cómputo de aportes a otras entidades para cumplir periodo mínimo de cotización
Superintendencia Nacional De Salud
  • Número de semanas que le hace falta cotizar al afiliado y porcentaje a asumir
5 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR PARCIALMENTE los fallos materia de revisión, en cuanto condenaron a la empresa "REFRESCANDO LTDA" al pago de los aportes obrero patronales dejados de cancelar a "SALUDCOOP".
  2. Segundo. REMITIR copias de la presente providencia a la Fiscalía General de la Nación, para lo de su cargo.
  3. Tercero. REFORMAR el fallo proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en el sentido de ordenar a la Superintendencia Nacional de Salud que verifique el número de semanas cotizadas por SAUL BERNAL SANCHEZ al Sistema General de Seguridad Social en Salud, y que determine el porcentaje que eventualmente el afiliado deba asumir por el costo del tratamiento en favor de la beneficiaria LAURA JEANNETTE BARCO BALLESTEROS, teniendo en cuenta el total de las cotizaciones efectuadas a lo largo de la vida laboral de aquél y las disposiciones legales y reglamentarias actualmente en vigor.
  4. En todo caso, "UNIMEC EPS S.A." deberá brindar -a partir de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente sentencia- el tratamiento que requiera la beneficiaria LAURA JEANNETTE BARCO BALLESTEROS, en su totalidad, sin posibilidad de negarlo ni dilatarlo y proseguirá prestando la integridad de los servicios derivados de la afiliación de SAUL BERNAL SANCHEZ, a él y a sus beneficiarios.
  5. Cuarto. El desacato a cualquiera de las órdenes impartidas en la presente Sentencia se sancionará por el Tribunal Superior de Cundinamarca, ante el cual se surtió la primera instancia, de la manera prevista por el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Este Fallo deberá notificarse personalmente al Superintendente Nacional de Salud y a los representantes legales de "REFRESCANDO LTDA" y "UNIMEC E.P.S. S.A.", quienes serán responsables de su cabal cumplimiento.
  7. Quinto. Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.