Sentencia de Tutela9 de diciembre de 1999
T-1003 de 1999
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Diego Ivan Rojas Figueroa
✓
Tema · dato duro
Sida.Enfermedad Catastrofica. Suministro De Medicamentos. Numero De Semanas Cotizadas. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Enfermedades Catastroficas O Ruinosas
- Periodos mínimos de cotización y casos de urgencia
- Suministro de medicamentos sin cumplir periodo mínimo de cotización en persona de escasos recursos enferma de sida
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
- Suministro de medicamentos sin cumplir periodo mínimo de cotización en persona de escasos recursos enferma de sida
Subcuenta Del Fondo De Solidaridad Y Garantia Del Sistema General De Seguridad Social En Salud
- Repetición de EPS por sobrecostos
Derecho A La Salud
- Fundamental por conexidad
Derecho A La Vida
- Suministro de medicamentos sin cumplir periodo mínimo de cotización en persona de escasos recursos enferma de sida
Entidad Promotora De Salud
- No puede exigir preexistencias
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Quince Civil del Circuito de Santa Fe de Bogotá el dieciséis de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999) al resolver sobre la acción de tutela incoada por "Miguel" contra la EPS Seguro Social y, en consecuencia, conceder la proteccion solicitada.
- Segundo. ORDENAR a la EPS del Seguro Social que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, suministre los medicamentos necesarios para el tratamiento de la enfermedad que padece "Miguel", de conformidad con las indicaciones del médico tratante, sin perjuicio de que posteriormente tal entidad repita contra el Fondo de Solidaridad y Garantías por los costos adicionales que implique el tratamiento de su enfermedad.
- La protección se concede siempre y cuando el peticionario siga afiliado al Seguro Social y haya continuado cancelando sus aportes. De lo contrario, en el evento de no estar actualmente afiliado, deberá ser atendido por el régimen subsidiado, por el Sistema General de Seguridad Social.
- Tercero. INAPLICAR, para el presente caso, el artículo 61 del Decreto 806 de 1998, según lo dispuesto en la parte motiva de esta providencia.
- Cuarto. LIBRESE Por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAlejandro Linares CantilloTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a11
T-171/99Der. A La Vida Y A La Salud. Entrega De Medicamentos A Mujer Embarazada Y Con Sida. Concedida.T-092/99Der. A La Vida Y A La Salud. Suministro De Medicamentos A Enfermo De Sida. Que No Ha Cotizado Las 100 Semanas. Enfermedades Catastroficas. Concedida.T-060/99Der. A La Salud Y A La Vida. No Se Requieren Periodos Minimos De Cotizacion Para Enfermedades De Alto Costo. Sida. I.S.S. Concedida.T-557/98Der. A La Salud. Responsabilidad Del Patrono Por La Efectiva Cobertura De Seguridad Social En Salud A Trabajadores Y Sus Beneficiarios. Concedida.T-328/98Der. A La Vida Y A La Salud. Suministro De Medicamentos Por E.P.S. A Enfermo De Sida Que No Habia Cumplido Las 100 Semanas De Cotizacion. Concedida.T-125/98Der. A La Salud Y A La Vida. Enfermedades Catastroficas. Suministro De Medicamentos Por E.P.S. Concedida.
Ver las 11 →Citada por40
T-1165/08C-463/08Entidad Promotora De Salud Y Regla De Recobro Parcial Fijada En Ley 1122/07. No Se Puede Pagar A La Eps Más Del 50% Del Monto Que Ésta Tenga Derecho A RepetirC-955/07Organos De Regulacion Socio Economica En Materia De Servicios Publicos. Creación Por El LegisladorT-919/06Tutela de 2006T-491/06Tutela de 2006T-185/06Tutela de 2006
Ver las 40 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.