Micelio
Sentencia de Tutela27 de febrero de 2006

T-153 de 2006

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Rosa Tulia Barbosa De Castillo Y Otra Vs. Cosmitet Medinorte Y El Fondo De Prestaciones Sociales Del Magisterio

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
  • Recursos que la hacen improcedente deben ser idóneos y eficaces
Consejo Directivo Del Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
  • Exclusión de padres como beneficiarios del sistema de seguridad social en salud
Fiduciaria La Previsora
  • Administración de bienes recibidos
Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
  • Prestación de servicios médicos asistenciales
  • Protección a disminuidos físicos
  • Régimen especial de seguridad social en salud para los docentes
  • Funciones del Consejo Directivo
  • No incluir a padres como beneficiarios directos de los servicios de salud es inconstitucional
  • Competencia sobre pago de prestaciones sociales de los docentes
  • Suspensión servicio en salud a persona de la tercera edad
  • Legitimación por pasiva en tutela
  • Naturaleza jurídica
  • Nuevas condiciones contractuales establecidas por Consejo Directivo para prestación de servicios médicos
  • Competencia de jurisdicción civil para resolver controversias de tipo contractual por prestación de servicios en salud
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Cualquier persona puede interponer acción de tutela ante vulneración o amenaza de los derechos fundamentales
Perjuicio Irremediable
  • Concepto
  • Características
Omision Legislativa
  • Régimen beneficiarios en salud del magisterio
Accion De Tutela Frente A Medio De Defensa Judicial
  • Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
Derecho A La Salud Del Docente
  • No atención médica por controversia contractual
Derecho A La Seguridad Social En Salud
  • Acceso de las personas sin ninguna discriminación
  • Protección constitucional
Derecho A La Seguridad Social
  • Régimen de excepción de afiliados al Fondo Nacional de prestaciones del Magisterio
Legitimacion Por Pasiva En Tutela
  • Institución prestadora de servicios en salud
Sistema De Seguridad Social En Salud
  • Régimen mínimo de beneficiarios en fondo de prestaciones del magisterio
Persona De La Tercera Edad
  • Protección constitucional especial por estado de debilidad e indefensión
Principio De Continuidad En El Servicio De Salud
  • Finalidad
  • Obligaciones del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio
18 temas · 32 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud la seguridad social y la vida en condiciones dignas de madres de docentes beneficiarias de los servicios medico asistenciales que padecen de hipertension cistitis diabetes deficiencia en valcula mitral del corazon entre otras y que venian siendo atendidas por la ips de confomidad con el contrato con el fondo del magisterio hasta el momento de su desafilacion por cambio en las condiciones del contrato con dicho fondo.

Solicitan se ordene continuar siendo atendidas por la ips y continuar los tratamientos que se les estaban prestando.

Legitimacion activa y pasiva.

Procedencia de la accion de tutela.

La existencia de otros mecanismos de defensa judicial y el perjuicio irremediable.

Regimen especial de seguridad social en salud de los docentes afiliados al fondo nacional de prestaciones sociales del magisterio.

No puede presentarse una interrupcion abrupta de los servicios de salud frente a un tratamiento medico que ya ha iniciado cuando con ello se vulneren o amenacen derechos de rango constitucional.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Penal Municipal de Sevilla, Valle, el 13 de septiembre de 2005. En su lugar CONCEDER la accion de tutela interpuesta por Rosa Tulia Barbosa de Castillo contra Cosmitet Medinorte I.P.S. y el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio.
  2. Segundo. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado Trece Penal Municipal de Santiago de Cali, el 02 de agosto de 2005 y el Juzgado
  3. Decimo. Penal del Circuito de Santiago de Cali, Valle del Cauca el dia 19 de septiembre de 2005. En su lugar CONCEDER la accion de tutela interpuesta por Maria Josefa Escalante contra Cosmitet Medinorte I.P.S. y el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio.
  4. Tercero. ORDENAR al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, reanude la prestacion del servicio medico asistencial a las actoras, de la misma manera que se brindaba en el pasado. Las condiciones solamente podran variar a partir del momento en que el Consejo Directivo del Fondo regule la figura de los cotizantes dependientes.
  5. Cuarto. DISPONER que esta sentencia tenga el caracter de definitiva. En consecuencia, no sera necesario que las actoras instauren las demandas ordinarias.
  6. Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.