T-114 de 2011
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Marisol Hinestroza Sinesterra Como Agente Oficiosa De Su Hija Ashly Vanesa Perea Hinestroza·Demandado Nueva E.P.S.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Suministro de pañales, medicamentos, servicio Home Care y transporte en ambulancia
- Reiteración de jurisprudencia
- Exoneración de copagos y cuotas moderadoras
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Salud, vida digna.
La accionante instaura la tutela en representación de su menor hija, quien padece del síndrome de West desde su nacimiento, lo que le produce una invalidez del 100% a raíz de una parálisis cerebral severa.
La entidad demandada ha negado a la menor los pañales desechables y la crema que requiere para evitar laceraciones en su piel, así como el transporte en ambulancia y la atención médica domiciliaria, a pesar de que la niña se encuentra conectada a una bala de oxígeno y tiene la columna afectada.
Dentro de las pretensiones de la demanda se solicita además, la exoneración de copagos y cuotas moderadoras, así como la atención integral y progresiva para el retardo psicomotor que presenta la niña.
Luego de analizar el caso a la luz de la jurisprudencia relacionada con el derecho a la salud de los niños y niñas, la Sala decide conceder parcialmente la protección de los derechos invocados por la representante legal de la menor afectada y sólo se niega la pretensión relacionada con la solicitud de atención integral y progresiva, por considerar que la acción de tutela no procede contra actos futuros e inciertos.
CONCEDIDA PARCIALMENTE.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. Revocar la sentencia proferida el 6 de agosto de 2010 por el Juzgado
- Septimo. Civil de Circuito de Cali y, en consecuencia CONCEDER PARCIALMENTE, por las razones antes expuestas, el amparo del derecho a la salud y la vida digna de la nina Ashly Vanesa Perea Hinestroza.
- Segundo. Ordenar a la Nueva EPS el suministro de los panales desechables y de la crema Nistatina +oxido de Zinc a la menor segun prescripcion medica.
- Tercero. Ordenar a la Nueva EPS restablecer el servicio de Home Care que le venia siendo prestando a la nina Ashly Vanesa Perea Hinestroza.
- Cuarto. Ordenar a la Nueva EPS brindar el servicio especializado de transporte en ambulancia a la menor Ashly Vanesa Perea Hinistroza.
- Quinto. Advertir A la Nueva EPS continuar con la exoneracion de copagos y cuotas moderadoras a la menor Ashly Vanesa Perea Hinistroza.
- Sexto. Negar la tutela solicitada por la senora Marisol Hinestroza Sinesterra, en representacion de la nina Ashly Vanesa Perea Hinestrosa, en lo referente a la solicitud de atencion integral y progresiva.
- Septimo. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.