T-1025 de 2005
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Asociación De Jubilados De Empopasto Vs. Empopasto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
- No se demostró la existencia de perjuicio irremediable
- Representante de persona jurídica
- Asociaciones de pensionados deben reclamar individualmente la protección de sus derechos fundamentales
- Deben ser identificadas y determinadas las personas afectadas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida digna minimo vital trabajo igualdad respeto por los derechos adquiridos debido proceso y derechos de las personas de la tercera edad y pensionados por la decision de la empresa de aplicar los descuentos de ley por concepto de seguridad social en 100% a cargo de los jubilados desconociendo los acuerdos convencionales que establecían otra cosa.
Solicitan se ordene reanudar los descuentos en las proporciones indicadas en la convención y se devuelvan los mayores valores descontados.
Ante la falta de legitimacion en la causa por activa en el presente caso la accion de tutela resulta improcedente.
Existencia de otra via de defensa judicial como lo seria la justicia ordinaria laboral.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de fecha quince de abril de 2005, expedida por el Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Pasto, en el sentido de denegar la acción de tutela instaurada por la Asociación de Jubilados de EMPOPASTO S.A, por no configurarse la legitimación en la causa por activa en los términos referidos en la parte motiva de esta sentencia.
- Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.