T-1005 de 2006
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Pedro Alfonso Contreras Rivera Vs. Concejo De Bogota D.C.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter subsidiario
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
- Recursos que la hacen improcedente deben ser idóneos y eficaces
- Susceptible de protección por vía de tutela
- Garantía estructural del estado social de derecho
- Consagración constitucional
- Materializa principio constitucional de participación ciudadana
- Implica deber correlativo del estado de posesionar en determinado cargo publico a quien esté llamado a ocuparlo
- Juez administrativo realiza constatación simple de acto acusado con la ley
- Juez de tutela hace una valoración más amplia de circunstancias de hecho
- Instrumentos complementarios
- Licencia no remunerada del principal
- Carácter fundamental
- Estrecha relación con el derecho a elegir y ser elegido
- Alcance
- Consagración constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso administrativo y la participacion politica de persona que habiendo ocupado el segundo renglon en la lista de movimeinto politico no fue llamado a ocupar el cargo de concejal dada la vacancia absoluta de la curul que perteneciera al señor guillermo fino serrano.solicita se ordene al presidente del concejo lo llame a tomar posesion para suplir la vancancia por la aceptacion de la renuncia presentada por guillermo fino serrano.procedencia de la tutela en el asunto sometido a revision.
El derecho al debido proceso administrativo.
El derecho a la participacion politica.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia de tutela proferida por el Juzgado
- Decimo. Penal Municipal de Bogota, el 10 de julio de 2006, que declaro improcedente la accion de tutela interpuesta por el senor Pedro Alfonso Contreras Rivera contra el Concejo de Bogota, representada por el Presidente de la Corporacion, y en su lugar CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso administrativo y a la participacion politica.
- Segundo. Como consecuencia de lo anterior, DEJAR SIN EFECTOS las Resoluciones No 0010 de mayo 18, 0017 de septiembre 28 y 0018 de octubre 9 de 2006, proferidas por el Presidente del Concejo de Bogota.
- Tercero. ORDENAR al Presidente del Concejo de Bogota, a titulo de restablecimiento de los derechos fundamentales conculcados al actor, que dentro del termino de las 48 horas siguientes a la notificacion del presente fallo, proceda a llamar al senor Pedro Alfonso Contreras Rivera a ocupar el cargo de concejal de Bogota. Una vez aceptado el llamamiento por parte del accionante, este debera ser posesionado en el cargo dentro de las 48 horas siguientes al momento de acreditar todos los requisitos legales al efecto.
- Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.