Micelio
Sentencia de Tutela2 de febrero de 2004

T-067 de 2004

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Maria Sagrario Arias Vs. Fundacion San Juan De Dios Y Otro

Tema · dato duro
Derechos A La Vida Seguridad Social Minimo Vital Y Dignidad Humana. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales Atrasadas. Pension De Jubilacion Por Retiro Voluntario. Termino De Cuatro Meses Para Iniciar Otra Accion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Transitoria
  • Pago de mesadas atrasadas por la Fundación San Juan de Dios
  • Existencia de perjuicio irremediable
Derecho Al Minimo Vital
  • Requisitos para acreditar vulneración
Ministerio De Hacienda Y Credito Publico
  • Cumplió el contrato de concurrencia
Pensiones
  • No es posible suspender el pago por existir controversias jurídicas sobre ellas
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional para el pago de mesadas pensionales atrasadas
Derecho A La Vida En Condiciones Dignas Y Justas
  • Pago oportuno y completo de mesadas pensionales
Empleador
  • Asignación de presupuesto para pago de mesadas pensionales
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
Derecho A La Pension De Jubilacion
  • Trámite administrativo o presupuestal no impide pago oportuno de mesadas
  • Pago oportuno y completo de mesadas
Pension De Jubilacion
  • Fundación San Juan de Dios es la responsable del pago
Persona De La Tercera Edad
  • Protección por encontrarse en circunstancias de debilidad manifiesta
11 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR parcialmente, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, el 15 de julio de 2003, en el sentido de CONCEDER como mecanismo transitorio la tutela de los derechos a la vida, seguridad social, minimo vital y dignidad humana de la senora Maria Sagrario Arias contra la Fundacion San Juan de Dios, Hospital San Juan de Dios.
  2. Segundo. ORDENAR a la Fundacion San Juan de Dios - Hospital San Juan de Dios, que pague a la senora Maria Sagrario Arias las mesadas pensionales de jubilacion por retiro voluntario reconocidas mediante la Resolucion No. 00016 expedida el 15 de marzo de 1995, que se hayan causado entre mayo de 2002 y el 30 de septiembre de 2003. Dicho pago debera hacerse en un plazo maximo de un (1) mes a partir de la notificacion de esta sentencia.
  3. Paragrafo: Esta decision solo producira efectos hasta cuando la Justicia Ordinaria Laboral resuelva la controversia suscitada, siempre y cuando la actora promueva el correspondiente proceso en un termino maximo de (4) meses a partir de la notificacion de este fallo, si no lo hubiere hecho aun.
  4. En caso de que no promoviere aquel, cesaran los efectos de esta decision.
  5. Tercero. REVOCAR parcialmente, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia citada en el ordinal
  6. primero. (1deg) de la misma, en cuanto concedio la tutela de los derechos a la vida, minimo vital, seguridad social, remuneracion e igualdad de la senora Maria Sagrario Arias contra el Ministerio de Hacienda y Credito Publico
  7. Cuarto. Por Secretaria librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.