Micelio
Sentencia de Tutela16 de mayo de 2008

T-497 de 2008

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Domingo Morron Bornacelli·Demandado Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Gobernación Del Magdalena Y Universidad Del Magdalena

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Empleador
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de acreencias laborales
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
Contrato De Concurrencia
  • Obligatoriedad en el pago de mesadas pensionales
Derecho Al Pago Oportuno De Mesadas Pensionales
  • Caso de pensionados de la Universidad del Magdalena
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al minimo vital, seguridad social, pago oportuno de las pensiones y debido proceso conculcados por la accionada al omitir el pago de la mesada pensional del actor correspondiente al mes de enero de 2007.

Y al informarle, tanto a este como a otros pensionados, que tal situacion se prolongaria hasta tanto el ministerio de hacienda y credito publico cumpliera con el contrato de concurrencia. <br>procedencia excepcional de la tutela para ordenar elpago de acreencias laborales ante la inminencia de un perjuicio irremediable. <br>la corte ha manifestado que la falta de disponibilidad presupuestal y el incumplimiento del contrato de concurrencia no eximen al empleador de la obligacion de atender el pago de las prestaciones de sus trabajadores, maxime, cuando se trata de pensionados.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspension de terminos, decretada mediante auto del 22 de noviembre de 2007, para fallar en el presente asunto.
  2. Segundo. Por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, REVOCAR PARCIALMENTE, el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santa Marta, el 23 de Marzo de 2007.
  3. Tercero. ORDENAR a la Universidad del Magdalena que dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia, efectue el pago de todas las mesadas que al momento de notificacion de esta providencia se adeuden al senor Domingo Morron Bornacelli con el fin de garantizar sus derechos fundamentales a la seguridad social, al minimo vital, a la vida, al pago oportuno de sus pensiones y al debido proceso y lo continue haciendo hasta el momento en que se empiece a dar cumplimiento al acuerdo suscrito entre el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, la Gobernacion del Magdalena y la Universidad del Magdalena.
  4. Cuarto. Por Secretaria General, librense la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.