T-1284 de 2005
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Nicanor Tapia Navaja Vs. Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Restablecimiento de derechos fundamentales de acreedores en estado de debilidad manifiesta
- Naturaleza contractual
- Prelación de créditos
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Pago de mesadas pensionales adeudadas
- Disponibilidad presupuestal no justifica el no pago de las obligaciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida la integridad física la dignidad humana y el minimo vital de pensionado a quien la universidad del atlántico le adeuda mesadas pensionales.
Solicita se ordene el pago de las mesadas adeudadas.
Derecho al pago oportuno de las mesadas pensionales.
Procedencia excepcional de la tutela para el pago de acreencias laborales.
Cumplimiento de las obligaciones en los acuerdos de reestructuracion.
Deber de cancelar las mesadas reconocidas hasta tanto no sea demostrada judicialmente su ilegalidad.
Concedida respecto del pago de las mesadas pensionales causadas
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR PARCIALMENTE las sentencias proferidas por la Sala Civil Familia del H. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla y la Sala de Casacion Civil de la H. Corte Suprema de Justicia, dentro de la accion de tutela promovida por Nicanor Tapia Navaja contra la Universidad del Atlantico, la Gobernacion del Departamento y el Ministerio de Hacienda y Credito Publico.
- En consecuencia i) confirmar las decisiones que se revisan en lo relativo a que el actor-debera sujetarse a la prelacion legal establecida en el Acuerdo de Reestructuracion de Pasivos en que esta incursa la Universidad, en cuanto a las acreencias causadas hasta el 31 de enero de 2005, y ii) revocar los fallos para en su lugar conceder la proteccion, referida al pago de las mesadas pensionales causadas a partir de esa misma fecha, sin solucion de continuidad.
- Segundo. De conformidad con lo expuesto la Universidad del Atlantico, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, cancelara al senor Nicanor Tapia Navaja, si aun no lo ha hecho, las mesadas pensionales que le adeuda desde el 1deg de febrero de 2005 y continuara atendiendo su pago de manera oportuna y completa. Si no fuere posible efectuar dar cumplimiento a la orden que esta providencia se emite, en la oportunidad antes senalada, por razones de indole presupuestal, la entidad iniciara y agotara las gestiones necesarias para hacerlo, en el plazo maximo de un (1) mes.
- Tercero. Por Secretaria General, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.