T-588B de 2014
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Sonia Rincon Prieto En Representacion De Su Hija Steffany Villanueva Rincon·Demandado La Nacon Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Reconocimiento de asignación mensual de retiro
- Podrá otorgarse de manera transitoria o definitiva si de la evaluación del caso se deduce la procedencia
- Caso en que era necesario establecer con certeza la existencia o no del proceso de impugnación de paternidad
- Orden al Ministerio de Defensa Nacional reconocer y pagar sustitución de asignación de retiro
- Protección constitucional y en los tratados y convenios internacionales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
A través de la figura de la agencia oficiosa se instaura la acción de tutela, para reclamar la protección de los derechos fundamentales de una menor de tres años de edad, a quien la entidad accionada le suspendió el pago la pensión de sobrevivientes que le fue reconocida como consecuencia del fallecimiento de su padre, bajo el argumento de encontrarse en curso un proceso judicial de impugnación de la paternidad.
Se examina temática relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela para obtener el pago de pensiones; el contenido del derecho fundamental a la seguridad social en pensiones, la importancia de la prestación de sobrevivientes, el régimen jurídico aplicable en materia de sustitución de asignación mensual de retiro de los miembros de la Fuerza y, la prevalencia de los derechos de los niños y niñas.
Se CONCEDE la tutela de los derechos fundamentales a la igualdad, a la vida en condiciones dignas en conexidad con la seguridad social, al debido proceso y los derechos de los niños.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia dictada el veinte (20) de febrero de dos mil catorce (2014), por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, que confirmo la decision de primera instancia proferida el treinta (30) de enero de dos mil catorce (2014), por la Sala Primera de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, en el tramite de la accion de tutela incoada por Sonia Rincon Prieto en representacion de su hija menor de edad Stefanny Villanueva Rincon, en contra de la Nacion, el Ministerio de Defensa, Policia Nacional-Grupo de Pensionados. Para en su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales a la igualdad, la vida en condiciones dignas en conexidad con la seguridad social, al debido proceso y los derechos de los ninos.
- SEGUNDO. ORDENAR al Ministerio de Defensa Nacional- Grupo de Prestaciones Sociales que adopte las medidas necesarias para que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, reconozca si no lo ha hecho y empiece a pagar la pension por sobrevivencia a la menor Stefanny Villanueva Rincon como beneficiaria de su padre Jonathan Villanueva Quintero, e inicie las gestiones administrativas correspondientes para reconocer el pago del retroactivo de la pension si hubiere lugar a ello. Lo anterior, sin perjuicio de la decision que profiera el Juzgado
- Tercero. de Familia de Neiva en el proceso de impugnacion de paternidad en donde actua como demandante la senora MARGARITA QUINTERO CUSPIANO, y demandada la senora SONIA RINCON PRIETO en calidad de representante legal de la menor STEFANNY VILLENUEVA RINCON, radicado bajo el numero 2013-236.
- TERCERO. Para los efectos del articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, el Tribunal de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.