Micelio
Sentencia de Tutela3 de febrero de 2011

T-041 de 2011

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Maria Ulda Lloreda Lloreda·Demandado Municipio De Quibdo

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Vivienda Digna
  • Caso de habitantes afectados por inundaciones y deslizamientos generados por las lluvias
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida, vivienda digna, medio ambiente sano, integridad física.

La accionante interpuso la acción a través de apoderado por considerar que la Alcaldía de Quibdó está vulnerando sus derechos y los de la comunidad en general que habita en mismo sector donde ella reside, pues pese a varios requerimientos hechos a través del derecho de petición, la administración municipal no les había informado sobra las obras a ejecutar para mitigar los efectos producidos por las inundaciones y deslizamientos generados por las lluvias, lo que pone a sus viviendas en riesgo de derrumbarse y consecuentemente, pone en peligro sus propias vidas.

La Sala de Revisión estudia la jurisprudencia existente frente a la procedencia de la acción de tutela para la protección de derechos colectivos, susceptibles de ser protegidos mediante acciones populares, ante la vulneración de derechos fundamentales, y determina en el presente caso no aplica tal procedencia, pero conmina a la Alcaldía de Quibdo para que inicie las acciones pertinentes para mitigar los efectos de los deslizamientos de tierra que afectan el sector donde reside la acciontante y al a reubicar a las personas que se encuentran en riesgo de deslizamiento e inundación. .

Niega. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada en el presente proceso.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia del 12 de noviembre de 2009, proferida por el Juzgado
  3. Segundo. Civil Municipal de Quibdo, en el proceso de la referencia, en cuanto nego el amparo solicitado y declaro la cesacion de la vulneracion del derecho fundamental de peticion.
  4. TERCERO. CONMINAR a la Alcaldia Municipal de Quibdo para que en caso de no haberlo efectuado, inicie dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la comunicacion del presente fallo, las gestiones que sean necesaria de conformidad con las normas presupuestales que rigen la materia, para asegurar la financiacion y ejecucion de la totalidad de las obras de construccion que hacen parte del plan de contingencia trazado por el ente municipal en noviembre de 2009 incluyendo las de acueducto y alcantarillado, para aminorar los efectos de los deslizamientos de tierra del barrio El Jazmin, sector Las Dalias, para lo cual debera proceder a la reubicacion temporal de las personas que habitan el sector y que se encuentren en riesgo de deslizamiento o de inundacion, hasta tanto se finalicen las obras.
  5. CUARTO. ORDENAR al Juzgado
  6. Segundo. Civil Municipal de Quibdo. Vigilar el cumplimiento de este fallo mediante la solicitud mensual de informes al Alcalde del Municipio de Quibdo sobre las gestiones administrativas y financieras en relacion con la construccion de las obras y la reubicacion de los habitantes del sector.
  7. Por la Secretaria, librese las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.