C-377 de 2002
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Humberto De Jesus Longas Londoño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Celeridad del procedimiento
- Derechos que ampara
- Fenómenos culturales y científicos del mundo contemporáneo
- No suponen existencia de una verdadera litis
- Papel del juez
- Promoción por quienes se encuentran en situación de desigualdad
- Protección de derechos e intereses colectivos
- Representación y defensa de intereses comunitarios
- Tutela del interés público
- Acciones de derechos humanos y no de litis
- Aspectos más sobresalientes
- Carácter preventivo
- Celeridad a trámite judicial
- Celeridad y eficiencia del proceso
- Configuración del interés colectivo
- Contenido de la sentencia
- Finalidad pública
- Finalidades para interponerla
- Legitimación
- Mecanismo de protección y defensa
- Objeto
- Término breve para decisión
- Individualismo
- Características
- Doble titularidad
- Individuo en su dimensión social
- Alcance y límites
- Límites dados por los derechos fundamentales
- Autos de rechazo de demanda y que niega pruebas
- No comprende improcedencia contra todos los autos
- Procedencia contra autos de rechazo de demanda y que niega pruebas
- Alusión única a autos de trámite
- Autos dictados durante el trámite
- Condicionamiento a apelación de auto que rechaza y niega pruebas
- Controversia de decisiones
- Procedencia única restringe indebidamente ejercicio efectivo
- Hace parte de garantías propias del debido proceso
- Procedencia limitada o improcedencia
- No afectación del debido proceso y acceso a la justicia
- Antecedentes legislativos
- Iter legislativo
- Excepciones al recurso de alzada
- No es absoluto
- No obligatoriedad en todos los asuntos judiciales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 472 de 1998.
Art. 36.
Desarrolla art. 88 de la constitucion politica.
Acciones populares y de grupo.
Recurso de reposicion.
Principio de la doble instancia.
Tramite judicial.
Celeridad.
Facultad para configurar los medios de impugnacion y defensa.
Aut
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 472/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE el articulo 36 de la Ley 472 de 1998.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.