Micelio
Sentencia de Constitucionalidad30 de agosto de 2006Sala Plena

C-738 de 2006

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Franky Urrego Ortiz

Tema · dato duro
Multa Por Temeridad En Acoso Laboral. Descuento Del Salario Del Quejoso Es Inconstitucional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Multa Por Temeridad En Acoso Laboral
  • Criterios para la tasación
  • Cobro por jurisdicción coactiva
  • Descuento del salario del quejoso es inconstitucional
  • Existencia de procedimiento en la ley
  • Procedimiento para la imposición
  • Proporcionalidad de la sanción
  • Vulneración del principio de igualdad al establecer método de cobro más drástico que el señalado para sanción por acoso laboral
Multa Por Temeridad
  • Necesidad de garantizar derecho de defensa
Sancion Por Acoso Laboral
  • Cobro por jurisdicción coactiva
Sancion Por Accion De Tutela Temeraria
  • Necesidad de garantizar derecho de defensa
5 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 1010 de 2006 articulo 14.

Se adoptan medidas para prevenir corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.

Temeridad de la queja de acoso laboral.

Según el demandante la norma acusada desconoce el debido proceso del articulo 29 de la constitucion y el articulo 8 de la convencion americana sobre derechos humanos.

Marco general de la ley 1010 de 2006.

Libertad de configuracion del legislador en aspectos procedimentales.

Limites a la regla general.

Dentro de la facultad sancionatoria del juez la multa por actuacion temeraria dentro de un proceso se ha encontrado legitima siempre y cuando se haya respetado el derecho a la defensa para una plena garantia del debido proceso.

Posible afectacion del minimo vital por la forma desproporcionada en el cobro de multas.

El cargo de la demanda en cuanto a ausencia de elementos que garanticen el derecho de defensa no prospera pues tanto en la ley 1010 de 2006 como en la ley estatutaria de administracion de justicia y en el codigo disciplinario unico se establece el procedimiento aplicable para la imposicion de multas por conducta temeraria incluso la de temeridad en la queja de acoso laboral.

Proporcionalidad de la multa criterios de tasacion y forma de descuento.

La corte considera que la expresion "los cuales se descontaran sucesivamente de la remuneracion que el quejoso devengue durante los seis (6) meses siguientes a su imposicion" es contraria a la constitucion politica por establecer un trato diferenciado no justificado de mayor drasticidad y por tanto desproporcionado.

Exquible el articulo 14 de la ley 1010 de 2005 e inexequible la expresion "los cuales se descontaran sucesivamente de la remuneracion que el quejoso devengue durante los seis (6) meses siguientes a su imposicion".

Corregida en su parte resolutiva mediante auto 271 de 2006 en el sentido de que la ley cuyo articulo se declara parcialmente exequible es la ley 1010 de 2006 asi como que cualquier mencion en la parte considerativa de esta sentencia se entienda hecha a la ley 1010 de 2006

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1010/05. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 14Ley 1010/05EXEQUIBLE
Art. 14Ley 1010/06EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E
  3. DECLARAR EXEQUIBLE el articulo 14 de la Ley 1010 de 2005, por los cargos analizados en la presente sentencia, a excepcion de la expresion "los cuales se descontaran sucesivamente de la remuneracion que el quejoso devengue, durante los seis (6) meses siguientes a su imposicion." la cual sera declarada INEXEQUIBLE.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.