Micelio
Sentencia de Constitucionalidad13 de junio de 2001Sala Plena

C-620 de 2001

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Adriana Rodriguez Garavito

Tema · dato duro
Etapa De Juzgamiento. Variación De La Calificación Jurídica Provisional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Detencion Preventiva
  • Definición de situación jurídica
  • Imposición
Derecho De Defensa En Indagatoria
  • Participación en hechos
Estado Social De Derecho
  • Protección de bienes jurídicos
Funcion Punitiva
  • No convalidación de visión unidimensionalista
Habeas Corpus
  • Aplicación inmediata
  • Doble connotación
  • Reserva de ley
  • Competencia e imparcialidad
  • Garantía de libertad, vida e integridad
  • Instrumentos internacionales
  • Imparcialidad en resolución
  • Presentación ante cualquier autoridad judicial
  • Sujeción a trámite de ley estatutaria
Indagatoria
  • Medio de defensa del imputado
  • Imputación fáctica y no jurídica
Ley Ordinaria
  • No contiene normas estatutarias
Ley Estatutaria
  • Puede contener normas no reservadas
  • Regulación de derechos fundamentales
Medidas De Aseguramiento
  • Facultad del legislador de establecer una sola
  • No hace parte del debido proceso
  • Finalidad
Resolucion De Acusacion
  • No definitiva
  • Calificación jurídica provisional
Poder Disciplinario Del Juez
  • Sujeción al debido proceso
  • No es absoluto
Calificacion Del Sumario
  • Revocación de situación jurídica provisional
  • Tipificación definitiva del hecho punible
Etapa De Instruccion
  • Tipificación definitiva del hecho
Etapa De Juzgamiento
  • Variación de la calificación jurídica provisional
Medida Correccional
  • Presupuestos esenciales
Principio Non Bis In Idem
  • Alcance
  • No vulneración por conducta que afecta varios bienes jurídicos
  • No vulneración por diversas sanciones
Proceso Penal
  • Definición de situación jurídica
  • Es uno sólo
Sancion Correccional Por Juez
  • Sujeción al debido proceso
29 temas · 48 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 600 de 2000.

Art: 144 parg. 2 254(p) 382 383 384 385 386 387 388 389 392 (p) 404(p) .

Codigo de procedimiento penal.

Medidas cautelares de los funcionarios judiciales.

Definicion de situacion juridica.

Habeas corpus.

Lineamientos de la accion publica.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 326Ley 600/00EXEQUIBLE
Art. 354Ley 600/00 «inciso 1»EXEQUIBLE
Art. 389Ley 600/00INEXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE el paragrafo 2o del articulo 144 de la ley 600 de 2000, solamente por los cargos analizados en esta sentencia.
  2. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el inciso 1o del articulo 354 de la ley 600 de 2000, solamente por los cargos analizados en esta sentencia.
  3. TERCERO. Declarar INEXEQUIBLES los articulos 382, 383, 384, 385, 386, 387, 388 y 389 de la ley 600 de 2000, a partir del 31 de diciembre de 2002. El Congreso de la Republica debera regular el derecho fundamental de habeas corpus y los recursos y procedimientos para su proteccion por medio de ley estatutaria, que debera expedir antes de la fecha mencionada, esto es, del 31 de diciembre de 2002.
  4. CUARTO. Declararse inhibida para fallar sobre el inciso 2o del articulo 392 de la ley 600 de 2000, por ineptitud sustancial de la demanda.
  5. QUINTO. Declarar EXEQUIBLE el inciso 2o del numeral 2 del articulo 404 de la ley 600 de 2000, solamente por los cargos analizados en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.